Tal y como adelantó el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, durante la toma de posesión de la nueva Junta de Gobierno del COFM, la Ley de Farmacia ha entrado este miércoles en el Consejo de Gobierno, donde, como era de esperar, se ha dado luz verde al proyecto. El próximo paso, será su tramitación y aprobación definitiva en la Asamblea de Madrid antes de su entrada en vigor.

De este modo, la nueva ley de farmacia llega casi a su recta final con numerosas novedades y cambios que lleva demandado el sector años. Esta, pretende potenciar el papel en el ámbito de salud de la oficina de farmacia y acomodarlo a la realidad en que se ha transformado el rol del farmacéutico en estos últimos 40 años. Además, busca garantizar la viabilidad de las farmacias existentes y dar respuesta a las demandas de los ciudadanos, destacando el papel del profesional farmacéutico en el cuidado de su salud.

Elena Mantilla, directora general de Ordenación e Inspección Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

Una normativa que responde a las necesidades de la botica madrileña y que ve la luz gracias al trabajo realizado por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. En concreto Elena Mantilla, directora general de Ordenación e Inspección Sanitaria de la Comunidad de Madrid, ha sido la encargada de buscar el consenso entre todos los agentes del sector para conseguir que finalmente este anteproyecto de ley llegue ahora al Consejo de Gobierno para su posterior aprobación en la Asamblea de Madrid.

Y es que la actual normativa data de 1998, y es anterior a las transferencias de las competencias del INSALUD, cedidas a la Comunidad de Madrid en el año 2001, por lo que su actualización y mejora se hacía cada vez más necesaria y demandada por profesionales y ciudadanos.

Atención Farmacéutica Domiciliaria

Esta nueva ley, regula importantes novedades que tratan de dar respuesta a las necesidades actuales, algunas evidenciadas durante la pandemia de la COVID-19.

La Atención Farmacéutica Domiciliaria (AFD) es una de las medidas más demandadas por los boticarios y que recoge esta normativa. Según el texto, la dispensación de medicamentos y productos sanitarios podrá entregarse en el domicilio del paciente “de manera informada”. De esta forma se atenderán las necesidades de usuarios dependientes y que tengan dificultad para desplazarse a la oficina de farmacia. Según apunta el texto “preservando siempre el carácter profesional de la prestación del servicio, cumpliendo las garantías de control y calidad exigidas a los establecimientos farmacéuticos y su personal.”

En la conferencia inaugural de Infarma 2022, Mantilla, como responsable del departamento que ha elaborado el anteproyecto, defendió “no querer romper el modelo de farmacia” y subrayó que “la ley no quiere abrir la puerta a agentes externos a la farmacia en la AFD”, dejando así claro, el papel inequívoco de las boticas limitando el rol exclusivo de la farmacia en la dispensación. “La Ley (de Farmacia) no quiere el delivery; quiere la atención farmacéutica domiciliaria”, apostilló.

Dispensación en FH o SPD

Por otra parte, la nueva norma regula la dispensación en modalidad no presencial en los servicios de farmacia hospitalaria. Esta siempre de acuerdo a protocolos establecidos por el servicio de farmacia. El texto especifica que este tipo de dispensación se limititará a los medicamentos cuya dispensación se encuentre restringida a su ámbito, y la entrega se hará en establecimientos sanitarios autorizados o en el propio domicilio del paciente.

Con el fin de mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos farmacológicos, la Ley de Farmacia también regula los sistemas personales de dosificación, una herramienta que está demostrado, mejora ampliamente la toma de medicación de pacientes crónicos, polimedicados y en situación de dependencia.

Asimismo el anteproyecto propone la ampliación de las secciones en las oficinas de farmacia, incorporando la de nutrición y dietética y, pudiendo desarrollar estas actividades profesionales sanitarios de la plantilla de la oficina de farmacia, debidamente cualificados, pero que no necesariamente tengan que ser farmacéuticos.

Otro de los elementos novedosos a destacar es que en los servicios de guardia se priorizará la atención farmacéutica a los pacientes que requieran dispensación de medicamentos prescritos en receta médica. Además, estas guardias se podrán organizar entre oficinas de farmacia ubicadas en municipios limítrofes.

Por otro lado, se prevé la incorporación de una regulación dedicada a las unidades de radiofarmacia, teniendo en cuenta las necesidades de esta especialización, cuyo uso va en aumento tanto en tratamientos como pruebas diagnósticas. Asimismo, la norma atiende la singularidad de la emergencia, previendo que los servicios farmacéuticos participen en los dispositivos y medidas que se establezcan en los casos de emergencia, o peligro para la salud pública.

Entre otras cuestiones, el anteproyecto también regula acerca de la identificación y señalización de las boticas, la publicidad de las farmacias a través de las nuevas tecnologías, la flexibilización de los horarios de las oficinas y los procedimientos de los recursos humanos en las boticas.

La nueva ley de Farmacia ha contado con la colaboración y apoyo de muchas entidades del sector, que han mostrado su apoyo al cambio normativo, entre ellas, el Consejo General de Colegios Farmacéuticos, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, Cofares y la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria.

El modelo gallego

La Xunta de Galicia inició en enero de 2022, los trámites para regular la entrega de medicamentos a domicilio de pacientes vulnerables y/o residentes en zonas aisladas por parte de las oficinas de farmacia, siendo así la CC.AA. pionera en esta cuestión. Una medida que se enmarca dentro de un paquete de decretos de la de Ley de Farmacia regional aprobada en 2019.

Como principales novedades, esta Ley de Ordenación Farmacéutica de Galicia introdujo la prioridad de los farmacéuticos rurales VEC para trasladarse en futuros concursos de botica, la ampliación a 15 años del plazo mínimo para poder transmitir una farmacia intervivos, y una mayor flexibilidad horaria de las boticas.


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