Según la Orden SND/344/2020, publicada en el Boletión Oficial del Estado (BOE), los laboratorios privados encargados de las pruebas de Covid-19 se ponen a disposición de las CC.AA desde este martes. Así lo dispone el Ministerio de Sanidad, que también apunta que estos laboratorios deben notificar los casos detectados de Covid-19 así como la compra de test rápidos diagnósticos.

En este sentido, se hará necesario especificar a la autoridad sanitaria competente de cada región el tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso. El objetivo es, según el Ejecutivo, continuar reforzando el Sistema Nacional de Salud (SNS) para facilitar la detección precoz.

Esta orden ministerial también refleja que, independientemente de su titularidad, todos los laboratorios de diagnóstico deberán notificar los casos de Covid-19 confirmados tras la realización de las pruebas. Asimismo, fija también los requisitos para la realización de las mismas, que deberán ser prescritas por un facultativo de acuerdo con las directrices sanitarias.

Sanciones por incumplimiento

Estas medidas estarán vigentes hasta la finalización del estado de alarma. Un período que comenzó el pasado 14 de marzo y que se prolongará, al menos, hasta el próximo 26 de este mes de abril. Su incumplimiento podrá ser motivo de sanción para estos centros.

En este sentido, se ha adjudicado “la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de las pruebas con el objeto de evitar situaciones abusivas de este servicio”.

Evitar la escasez de pruebas

“No podemos permitir que en un periodo de escasez se utilicen las PCR en grupos poblacionales en los que no van a ser suficientemente eficientes para generar resultados adecuados. Y, por otra parte, que los diangósticos que se hagan no queden bajo el conocimiento de las comunidades autónomas”, ha alegado Fernando Simón, director del CCAES.

Así, ha señalado que el primer objetivo es “garantizar que los resultados se conocen, que no hay abusos por parte de ninguna entidad en el momento de realizar PCR, que tienen que estar bajo la tutela de salud pública“. “También evitar que se haga una PCR cuando la probabilidad de que el resultado sea negativo o positivo sea excesivamente baja. Sabemos que tiene muy poca eficiencia en personas asintomáticas que no tienen ningún cuadro clínico o exposición de alto grado que justifique realizarlas”, ha expuesto.

“Lo que se busca es controlar todo el uso de las PCR para que sea lo más eficiente posible“, ha resumido el epidemiólogo.


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