| jueves, 05 de diciembre de 2013 h |

Una sentencia dictada por el Tribunal de Luxemburgo precisa que está acorde con el Derecho de la Unión la prohibición de vender en las parafarmacias medicamentos sujetos a receta médica. En este particular, el tribunal se refiere a la prohibición establecida por la legislación establecida por la ley italiana que fue recurrida por tres farmacéuticas de este país a las que se les denegó la posibilidad deconcederlas una autorización para vender en sus parafarmacias respectivas medicamentos sujetos a receta médica pero cuyo coste corre totalmente a cargo del cliente.

A este respecto, el tribunal recuerda que el reparto geográfico de las farmacias y el monopolio de venta de medicamentos son competencia de los estados, y que depende del marco jurídico nacional la reserva de la venta en las farmacias.