| domingo, 26 de julio de 2009 h |

REDACCIÓN

Madrid

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional planteó el pasado 30 de junio ante el Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad acerca de la denominada ‘tasa farmacéutica’, por la que los laboratorios deben devolver al Sistema Nacional de Salud el 2 por ciento de sus ventas. Una tasa que se destina, por ejemplo, a la financiación del Instituto de Salud Carlos III y el Fondo de Cohesión Sanitaria con el que cuentan las comunidades autónomas, y que desde su implantación ha ‘recaudado’ unos 200 millones de euros anuales.

La Audiencia Nacional considera que la ‘tasa farmacéutica’, que fue incluida en los Presupuestos Generales del Estado de 2005 por parte de la entonces ministra de Sanidad Elena Salgado, podría vulnerar el artículo 134.7 de la Constitución española, que señala que “la Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una Ley tributaria sustantiva así lo prevea”

La decisión de la Audiencia Nacional se produce después de que se presentasen cerca de dos centenares de recursos contra la decisión adoptada por el Gobierno al estimar que se trataba de un nuevo impuesto. En este sentido, este órgano judicial cuestiona la constitucionalidad de esta tasa porque no fue adoptada voluntariamente por las partes y porque no supone una forma de control del gasto en medicamentos porque no se tiene en cuenta cómo afecta su pago a cada producto.