Sanidad ha sometido a trámite de audiencia el proyecto de orden ministerial que actualiza en 2020 el sistema de precios de referencia de los medicamentos. Los planes para la OPR de 2020 incluyen una importante novedad. En aplicación de las indicaciones recogidas en las correspondientes sentencias, Sanidad “ha procedido a la formación de los conjuntos por principio activo, en lugar de por ATC5 como se venía realizando en Ordenes anteriores”.

No solo eso. Además, y al igual que ha ocurrido en las últimas órdenes, el Ministerio quiere seguir garantizando el suministro de los medicamentos esenciales, en concreto de aquellos no sustituibles por ningún otro de los actualmente financiados por el Sistema. Para ello, el proyecto de OPR de 2020 reitera la solución de no revisar el precio de referencia de determinadas presentaciones incluidas en los conjuntos.

Jurídicamente, esta decisión encuentra su fundamento en el propio Real Decreto de precios de referencia. Este texto contempla la adopción de medidas excepcionales de corrección para garantizar la disponibilidad de medicamentos clásicos y altamente eficientes en la prestación farmacéutica del SNS. Entre ellas está, claro, la no alteración del precio vigente de determinadas especialidades cuando así sea aconsejable para preservar el interés general. Adicionalmente, la no revisión viene soportada por la normativa comunitaria y es, también, el criterio de la Abogacía del Estado que impulsó esta solución en 2018.

Trámite de audiencia

La última actualización de los conjuntos de referencia de medicamentos y de sus precios de referencia se produjo por medio de la Orden SCB/953/2019, de 13 de septiembre. El pasado 15 de junio, el ministro de Sanidad acordó que se procediera a la elaboración del proyecto de orden ministerial y al inicio de su tramitación.

La notificación del mismo permite que los interesados, en el plazo de 15 días, puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus intereses. Aquellos interesados a los que no se haya notificado de forma expresa el proyecto de orden ministerial, podrán presentar igualmente las alegaciones pertinentes.

En dicho trámite se ha dado traslado a las administraciones sanitarias de las comunidades autónomas, a las entidades gestoras de la prestación farmacéutica del SNS, a los laboratorios farmacéuticos interesados, a las entidades de distribución de medicamentos, así como a las entidades representativas de los sectores afectados, incluidas las asociaciones de consumidores y usuarios.

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