Santiago de Quiroga
Hasta ahora la receta era casi un documento de pago o administrativo. La nueva regulación ha convertido la receta electrónica en una parte esencial de la historia clínica. Y un medicamento, lleve o no la obligatoriedad de la receta, es un medicamento. Si hablamos de calidad de la información farmacoterapéutica, incluir los medicamentos sin receta que puede estar tomando un paciente es esencial para no perder información.
La Asociación para el Autocuidado de la Salud (Anefp) está a favor de que el farmacéutico pueda tener un papel más activo en los seguimientos farmacoterapéuticos, especialmente en los ‘sin receta’. Tras una petición en la farmacia de un medicamento sin receta se puede detectar la potencial incompatibilidad con otros tratamientos, pero para ello se debe incluir el medicamento en la e-receta. Según la regulación actual vigente (RD 1345/2007) un medicamento sin obligación de dispensarse con receta médica puede ser todo aquel que no sea una sustancia psicotrópica y que no esté reembolsada. Esta definición tan “europea” debemos agradecérsela a Anefp y a la transposición de las directivas europeas, pero es cierto que ya se han encontrado con los argumentos habituales del “no me gusta” de los funcionarios guardianes de costumbres ancestrales.
Pero hay más. La integración de los ‘sin receta’ en los nuevos sistemas de receta proporcionará, dicen todos lo expertos consultados, ahorros. Videremus.