La entrada en vigor del RD Real Decreto-ley 32/202, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo ha marcado, en gran medida, el balance laboral que se puede hacer para las oficinas de farmacia en 2022.

«Esto no significa que la contratación eventual desaparezca, sino que, a partir de abril de 2022 ha exigido una justificación más concreta de esa eventualidad”

Eva Mª Illera, abogada y responsable del departamento Laboral de Asefarma

La razón es que debido a esta norma se ha impuesto como regla general la modalidad contractual de contrato indefinido. Han aumentado, por tanto, los contratos indefinidos en la oficina de farmacia respecto al año anterior. Sin embargo, “ello no significa que la contratación eventual desaparezca, sino que, a partir de abril de 2022 ha exigido una justificación más concreta de esa eventualidad”, aclara Eva Mª Illera, abogada y responsable del departamento Laboral de Asefarma.

De hecho, con la nueva regulación, los contratos eventuales sólo podrán suscribirse cuando concurran los siguientes requisitos:

En caso de necesitar sustituir a un trabajador. En estos casos, como novedad, el sustituto podrá comenzar la prestación de servicios, en los 15 días previos a la sustitución. Ello posibilita un conocimiento más preciso de sus funciones en el puesto de trabajo.

Aumento de las circunstancias de la producción. En este caso, el tiempo máximo oscila entre los 6 meses y los 12 si el convenio colectivo aplicable así lo permite (causas imprevisibles) o 90 días (causas previsibles).

«Este 2022 ha supuesto para la oficina de farmacia un cambio en la modalidad de los contratos»

Eva Mª Illera, abogada y responsable del departamento Laboral de Asefarma

Tal y como explica Illera, con esta norma se suprimen los contratos por obra y servicio, pero “los que se hayan realizado entre el 31 de diciembre de 2021 y el 30 de marzo de 2022 se deberán regir por la normativa vigente y su periodo de duración no podrá ser superior a 6 meses”.

En resumen, 2022 ha supuesto para la oficina de farmacia “un cambio en la modalidad de los contratos” y se ha pasado en la mayoría de los casos “a realizarse inversiones en indefinido de aquellos contratos que, de inicio, se suscribieron como temporales”, explica la responsable del departamento Laboral de Asefarma.

Otra de las novedades a destacar para 2023 es el llamado “impuesto de equidad intergeneracional” que según explica Eva Mª Illera, “entra en vigor este nuevo año”. Afectará a “autónomos y demás cotizantes de la Seguridad Social y servirá para aumentar ‘la hucha de las pensiones’”. ¿Cómo se aplicará? “Será una cotización adicional del 0,60% por ciento y aunque pueda parecer una novedad, ya venía recogido en la Ley de Presupuestos y para el 2023 empezará a tener vigencia”, aclara.


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