| domingo, 11 de enero de 2009 h |

Enrique Granda es director del

Observatorio del Medicamento

Como era previsible, el último día del pasado año se publicó la Orden de Precios de Referencia, que será de aplicación en 2009 con aspectos positivos y negativos. En definitiva, luces y sombras, ya que cada año se avanza en algunas cuestiones pero, sin embargo, se retrocede en otras.

La Orden de Precios de Referencia para 2009 ha atendido las alegaciones fundamentales de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) y del resto de las organizaciones farmacéuticas que tienen que ver con los plazos de aplicación, pero introduce un factor de inseguridad al dar carta de naturaleza a un nomenclátor (que no recoge la norma legal), para la prescripción por principio activo y sustitución por el precio menor, que se publicó a título informativo en la página web del Ministerio de Sanidad el 30 de diciembre.

En las comunidades autónomas que aplican este nomenclátor desde el primero de enero de 2009, se da la paradoja de que el farmacéutico podría tener que dispensar medicamentos con precios inferiores a los de la fecha de aplicación de la orden. Y se vulnera la obligación de información, con dos meses de antelación, que impone la disposición adicional sexta. Contentar a todos es difícil, lo sabemos, pero, en este caso, la polémica está servida.