Carlos B. Rodríguez Madrid | viernes, 24 de agosto de 2018 h |

El Ministerio de Sanidad de Carmen Montón ha salido en poco más de un mes de la parálisis legislativa en la que se sumió durante la etapa de Dolors Montserrat con dos proyectos —el borrador de la orden de precios de referencia y el proyecto de Real Decreto de Precios y Financiación de los productos sanitarios que vayan a ser incluidos en la prestación farmacéutica del SNS para pacientes no hospitalizados— largamente esperados por el sector. Pero esta espera no ha significado la llegada de textos especialmente novedosos. Más bien al contrario, la mejor palabra para calificarlos sería la de ‘continuistas’. La mayor sorpresa ha sido la ausencia de sorpresas.

Doble continuismo

La primera orden de precios de referencia de Carmen Montón continúa ahondando en criterios que la Administración emplea desde hace tiempo, a pesar de haberse revelado como fuente de problemas e ineficacias. Cabría destacar, por una parte, el empeño en seguir creando conjuntos con principios activos que, según declaró el Tribunal Supremo en 2017, no deberían estar juntos. “No es una sorpresa porque ya nos encontrábamos en esta situación con la orden de 2017, que es cuando todos esperábamos que hubiese un cambio”, asegura Paula Regueira, abogada del área de Life Sciences de Jausas Legal.

Caben dos posibles explicaciones para este comportamiento reincidente. Por un lado, que el actual equipo ministerial entienda, como ya lo entendía su antecesor, que insistir en este modus operandi está debidamente justificado. Otra posibilidad —menos probable— es que quieran pensar que los fallos del Tribunal Supremo no afectan a órdenes posteriores a la de 2015. Mientras no se disponga de sentencias posteriores a esa fecha, Regueira, inmersa en el proceso de alegaciones, deja clara su postura: “No se puede utilizar la clasificación ATC para incluir dentro del mismo grupo a medicamentos que tienen un principio diferente”.


La primera orden de precios de Montón continúa ahondando en criterios que la Administración emplea desde hace tiempo, a pesar de haberse revelado como fuente de problemas e ineficacias


De la misma opinión es Juan Suárez, abogado y socio de Faus & Moliner, quien también apunta una segunda tendencia continuista en el borrador: incluir en un mismo conjunto productos que tienen el mismo principio activo, pero dispositivos de administración muy diferentes, que implican un coste de fabricación muy distinto. “Los productos de poco precio tiran de los de más precio y los hacen menos rentables y a día de hoy tenemos ya algunas referencias que ya están por debajo del coste de fabricación. Esto obliga a las compañías a discontinuar el abastecimiento en el mercado español y, de hecho, se han generado problemas de abastecimiento en verano con un producto tan importante como son los autoinyectores de adrenalina como consecuencia directa de cómo estamos aplicando la orden de precios de referencia”, asegura.

En el caso del Real Decreto de Productos Sanitarios, el continuismo radica en haber diseñado un sistema muy similar al que existe actualmente para los medicamentos, lo que, teniendo en cuenta el retraso de años que ha acumulado este proyecto, tiene su lado bueno y su lado malo. “El aspecto positivo es que nos permite aprovechar la experiencia existente en la toma de decisiones en el campo de los fármacos; por contra, tenemos el riesgo de heredar algunos vicios del sistema actual”, dice Suárez. ¿Cuáles son esos vicios? El más importante, para este experto, es la falta de transparencia, que tanto se achaca a la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

Hilar fino

La línea que siguen ambos proyectos supone un jarro de agua fría para el sector por otro motivo. En el caso de la orden de precios, porque ya en enero el Ministerio anunció la intención de rediseñar el funcionamiento del sistema de precios y corregir las deficiencias detectadas. En el caso del Real Decreto de Productos Sanitarios, porque cabe preguntarse si tiene sentido ‘copiar’ el mecanismo utilizado para los medicamentos cuando lo que se tiene en mente es modificar este último para actualizarlo y adaptarlo a los nuevos tiempos.


Cabe preguntarse si tiene sentido ‘copiar’ para el producto sanitario el mecanismo utilizado para los medicamentos cuando lo que se tiene en mente es modificar este último


Teniendo en cuenta ambas situaciones, lo más importante, para el socio de Faus & Moliner, es que el Gobierno “hile muy fino” con las nuevas reglas para garantizar la seguridad jurídica en ambos casos. Es decir, evitando que las disfunciones en el caso de la orden de precios continúen generando incertidumbre y puedan afectar a las inversiones del sector farmacéutico, y regulando la toma de decisiones de manera que nos permita disponer de un sistema más moderno y más eficiente, tanto para los medicamentos como para los productos sanitarios.