| viernes, 04 de junio de 2010 h |

No se trata de la novela de Raymond Chandler que posteriormente llevó a la gran pantalla Howard Hawks para mayor gloria de Humphrey Bogart y Lauren Bacall. No, se trata de ese sueño que debería dormir ahora, una vez conocida la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el denominado ‘caso asturiano’, el dictamen motivado remitido en julio de 2006 al Reino de España por la Comisión Europea. Ese dictamen que inició la Dirección General de Mercado Interior y que ha tenido durante cuatro años en vilo a la farmacia española.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido muy claro, lo mismo que lo fue en recientes sentencias como las que afectaban de un modo similar a la farmacia de nuestros vecinos italianos y alemanes: el derecho comunitario no se opone a la normativa española que fija un sistema planificado y regulado de oficinas de farmacia para lograr el objetivo de garantizar un abastecimiento de medicamentos a la población seguro y de calidad. Una normativa nacional que, si bien podría vulnerar la libertad de establecimiento, si cumple con cuatro requisitos (aplicarse de manera no discriminatoria, estar justificada por razones imperiosas de interés general, que sean adecuadas para lograr su objetivo y que no vayan más allá de lo necesario) justificaría las restricciones establecidas.

Otra cosa son los baremos. En este caso el tribunal echó por tierra el premiar la experiencia regional, por considerar que era discriminatoria. Ahora se verá como ajustar los mismos, pero eso ya…