Los plazos legales son ampliamente sobrepasados
| 2009-02-08T18:05:00+01:00 h |

La jornada que la Asociación Europea de la Industria del Autocuidado (Aesgp) organizó la semana pasada en Madrid, para conmemorar el 30º aniversario de Anefp (Asociación para el Autocuidado de la Salud), sirvió entre otras muchas cosas para poner de manifiesto la enorme distancia que existe en algunos asuntos del autocuidado, y que separa a nuestro país de la gran mayoría de los estados europeos: ‘marcas paraguas’, publicidad, cuota de mercado, plazos para las autorizaciones… Muchos asuntos que afrontar y esperemos que la modificación anunciada de la Ley de Garantías se produzca.

Pero tan importante como cambiar la legislación es obligar a su cumplimiento. No tanto a los particulares, que por supuesto que lo hacen, como a la propia Administración. La intervención de Jordi Faus, socio de Faus&Moliner en la reunión de la Aesgp, fue una demostración, con datos estremecedores, de los incumplimientos permanentes de la Administración (y en este caso la Agencia Española de Medicamentos) en lo que se refiere a los plazos de autorización. Todo ello sin que las compañías tengan la más mínima posibilidad de reclamar, sin utilizar los tribunales (cuestión desechada por temor), un cumplimiento de los plazos establecidos.

Tras el torrente de datos ofrecido por Faus, llegaba el turno de Cristina Avendaño, directora de la Aemps, quien lejos de contestar o explicar los problemas de la agencia para cumplir los plazos y, especialmente las medidas para solucionarlos, se limitó a contar las bondades del e-CTD y a hablar de la importante reducción de la ‘carga histórica’ en la Aemps. Eso sí, no mencionó cómo se logró esa reducción, con lo que los representantes de la Comisión Europea, EMEA y agencias de otros países se llevaron la idea de que se había realizado un excelente trabajo. Se hizo algo necesario, pero no un gran trabajo.