El Global Valencia | lunes, 10 de julio de 2017 h |

El Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana ha anulado los dos decretos impulsados por la Generalitat regional que impulsaban las ayudas al copago farmacéutico y ortoprotésico para pensionistas y personas con discapacidad con rentas anuales inferiores a 18.000. Con este decisión se atiende así a un recurso contencioso-administrativo presentado por el Estado contra estas medidas que consideraba “una desviación de poder” al pretender dejar sin efecto el RDL 16/2012 que regula para todo el país el copago farmacéutico.

Sin embargo, el fallo del TSJ de Comunidad Valenciana no pone en duda la competencia de la Generalitat de aplicar estas subvenciones —sustentada en la potestad de las Administración de atender a personas en situación de desamparo—. En concreto, este tribunal anula ambos decretos más por las formas (las cuestiones técnicas) que el fondo. El fallo considera que no se han fijado de forma clara y concisa los requisitos económicos que deben tener los beneficiarios para poder acceder a estas subvenciones —mas allá de ese umbral de 18.000 euros de renta anual—. Un mayor detalle que permita asegurar que los beneficiarios se encuentran ante una “situación real” de necesidad. Una “situación real” de necesidad que ampararía la actuación “protectora” de la Generalitat.

Desde la Consejería de Salud Universal se considera que sí existen esos criterios definidos, como es el caso de contar con rentas anuales inferiores a 18.000 euros. Actualmente, los servicios jurídicos de la Generalitat se encuentran estudiando los fallos aunque han mostrado su predisposición a recurrir estas sentencias. Asimismo, consideran que las ayudas ya desembolsadas en estos años, así como las de 2017, quedan en todo caso ‘a salvo’ de este nuevo escenario.