Sistema Precios Referencia

Ya hace más de dos décadas que se implantó el Sistema de Precios de Referencia (SPR) en España con un claro objetivo: controlar los precios de los medicamentos financiados. Este se ha convertido en uno de los instrumentos más reconocidos en la política farmacéutica española y una herramienta “esencial” en el control de gasto farmacéutico, un aspecto fundamental para la sostenibilidad del sistema sanitario público, como se recuerda desde el Ministerio de Sanidad.

El Gobierno es el encargado de establecer los criterios y procedimientos para esta fijación de precios de medicamentos y productos sanitarios financiables por el SNS, tanto para los medicamentos de dispensación por oficina de farmacia a través de receta oficial, como para los medicamentos de ámbito hospitalario.

Pero ¿Cómo se calculan estos precios? En los conjuntos debe ser en base al menor coste por tratamiento y día de las presentaciones incluidas en cada uno, o lo que es lo mismo, todos los medicamentos del conjunto se financian a ese precio, lo que produce la consiguiente bajada de precios.

Revisión anual

El SPR se trata de un mecanismo que se revisa con periodicidad anual para poder establecer los nuevos conjuntos de referencia de medicamentos y revisar los precios de las presentaciones de medicaciones incluidas en los conjuntos ya existentes. Además, desde el Ministerio de Sanidad, puede proceder a la supresión de conjuntos cuando hayan dejado de cumplir los requisitos exigidos para su establecimiento.

Este año, en concreto, el BOE publicó el 29 de noviembre la Orden de Sanidad por la que se revisarán los precios- que entrarán en vigor el 1 de enero de 2022- de 17.150 presentaciones de medicamentos de las que 13.856 son dispensables en farmacia.

Además, según las estimaciones ministeriales, esta nueva Orden producirá un ahorro estimado de 243,13 millones de euros, de los cuales 169,41 será en medicamentos hospitalarios y 64,72 en medicamentos dispensados en oficinas de farmacia. Por otra parte, 7,42 millones de euros repercutirán directamente en el ciudadano. Y es que, al bajar el precio de los medicamentos, le corresponderá menor aportación en la dispensación de los que son afectados por esta Orden, siempre conforme a su régimen de aportación farmacéutica.

Por otro lado, el Sistema de Precios de Referencia permite crear nuevos conjuntos cuando se cumplen diez años de la autorización del medicamento en España o en cualquier otro Estado Miembro de la Unión Europea, siempre que exista al menos un medicamento financiado en el Sistema Nacional de Salud distinto del original y sus licencias, así como cuando existe un medicamento genérico o biosimilar. Es decir, es una herramienta para reducir el precio de los medicamentos una vez expira su patente.

Problemas adheridos

Sin embargo, este mecanismo presenta algunos problemas que lleva arrastrando años. Entre ellos, la dificultad de respuesta a las particularidades y complejidades que presentan los productos biotecnológicos ya que su diseño está pensado para productos menos complejos. Esto se vio con las sentencias del Tribunal Supremo de 2014 que declararon nulos un buen número de conjuntos del sistema, la mayoría de ellos referidos a biológicos.

Además, el SPR no discrimina principio activo de vía de administración, lo que ha llevado a equiparar productos con costes de producción muy diferentes, como, por ejemplo, en los dispositivos de autoinyección de adrenalina, unos dispositivos con unas prestaciones muy alejadas de las clásicas jeringas precargadas, pero que se encuentran al borde de la no rentabilidad. Esto tiene un gran riesgo: tener que suspender la comercialización del medicamento en España al estar por debajo de su coste de producción.

Otro de los históricos problemas, en este caso de afectación a las oficinas de farmacia, fue la inexistencia durante muchos años de periodos de convivencia de precios nuevos y antiguos, lo que generaba enormes problemas en la gestión de los stocks en las oficinas de farmacia, así como pérdidas económicas.