El Global Madrid | jueves, 19 de septiembre de 2019 h |

El grupo parlamentario Ciudadanos ha registrado en el Congreso de los Diputados unas preguntas para las que solicita respuesta por escrito sobre el Informe de la Dirección General de cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y farmacia sobre la financiación pública de medicamentos con resolución expresa de no inclusión en la prestación farmacéutica del SNS.

Además de solicitar confirmación de la veracidad del “Informe de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia sobre la financiación pública de medicamentos con resolución expresa de no inclusión en la prestación farmacéutica del SNS”, Ciudadanos quiere saber qué ha de considerarse como “Resolución expresa de no inclusión en la prestación farmacéutica del SNS” y cuándo puede considerarse que dicha Resolución tiene carácter definitivo.

La formación naranja también quiere saber si el informe tiene o no carácter vinculante y qué repercusión podría tener en relación con el acceso a medicamentos en situaciones especiales regulado en el Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales.

El informe de los no incluidos

Según este documento, las CCAA y los hospitales no pueden financiar con fondos públicos (es decir, no pueden adquirir) medicamentos sobre los que no existe, de manera expresa, una resolución de no financiación. Dicho informe recibió el visto bueno de la Abogacía del Estado el 5 de abril en un informe que avalaba la propuesta en base a la igualdad territorial.

Para ello, el abogado del Estado aludía a dos artículos de la Ley de Garantías: el 92.1 —las CC.AA. no producirán establecer, de forma unilateral, reservas singulares específicas de prescripción, dispensación o financiación—y el 91.5 —las medidas tendentes a racionalizar la prescripción y utilización de medicamentos y productos sanitarios que puedan adoptar las CC.AA. no producirán diferencias en las condiciones de acceso a los medicamentos y productos sanitarios financiados por el SNS, catálogos y precios—.

Una de las preguntas que ahora formula Ciudadanos —qué repercusión podría tener en relación con el acceso a medicamentos en situaciones especiales regulado en el Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales— fue solventada por el abogado del Estado interpretando que este Real Decreto se refiere a los medicamentos no incluidos en la financiación del SNS, pero no a aquellos sobre los que existe, de manera expresa, resolución de no financiación.