J. Ruiz-Tagle Madrid | viernes, 13 de octubre de 2017 h |

Dos nuevas comunidades se han unido a Castilla-La Mancha y Canarias en la decisión de sustituir de manera automática tratamientos con medicamentos biológicos. Andalucía (a través de la Comisión de Farmacia del Hospital de Jaén) y Castilla y León (mediante una orden del mismo organismo del Hospital de Salamanca) han decidido de forma unilateral elegir una sola presentación de la molécula biológica infliximab y prodecer automáticamente a la sustitución en todos los tratamientos ya iniciados. Un nuevo movimiento de gestión autonómico para aumentar los ahorros en la factura farmacéutica de hospital solapando la libertad de prescripción.

Ambas decisiones no han sentado bien dentro de la Confederación de pacientes de Crohn y Colitis Ulcerosa (ACCU), quienes han puesto en conocimiento de este periódico esta anomalía. De hecho, esta asociación de pacientes ha anunciado que se reunirán en los próximos días con las gerencias de ambos hospitales ya que están preocupados por las posibles consecuencias que puede tener entre sus asociados un cambio de tratamiento al tratarse de medicamentos biológicos.

Los pormenores en la decisión que ha tomado el Hospital de Jaén son la orden de sustituir Remsima (el medicamento biosimilar comercializado por Kern) por Flixabi (que distribuye Biogen). Este es el primer caso conocido en el territorio nacional de un procedimiento de sustitución automática entre medicamentos biosimilares ya que los anteriores conocidos siempre trataban de sustituir el biológico de referencia por una nueva presentación motivado por el ahorro potencial que supone.

El caso del Hospital de Salamanca se ajusta más al procedimiento visto en comunidades como Castilla-La Mancha. La Comisión de Farmacia de este hospital remitió a sus profesionales una circular donde se les apremia a sustituir la presentación original de infliximab (Remicade, comercializado por Janssen) por uno de los biosimilares existentes en España (Remsima o Inflectra). En este caso también se trata de una sustitución automática para todos los tratamientos, incluyendo así a los que están siendo tratados con el medicamento de referencia.

Ambas decisiones, que se han tomado dentro del ámbito hospitalario (no hay ninguna orden conocida desde los servicios de salud autonómicos como en el caso de Castilla- La Mancha o Canarias), pueden aún más incidir en la inequidad a la que los pacientes se enfrentan al acudir al médico. Las diferencias ya no sólo estarán entre comunidades autónomas sino entre provincias. En Jaén o Salamanca, los pacientes sólo podrán optar a un medicamento mientras que a pocos kilómetros tendrán un mayor arsenal terapéutico. Una situación que, al hablar de medicamentos biológicos, se hace más complicada de aceptar por los pacientes.

Desde el Ministerio de Sanidad no se ha emprendido nunca una acción judicial contra este tipo de políticas. Además, la política central, tal y como se asegura desde la Dirección General de Farmacia, es la del fomento del biosimilar para generar nichos de ahorro que puedan ser reinvertidos en dar respuesta a las innovaciones que aparecen o van a aparecer tanto en el campo de la terapéutica como en el de la tecnología sanitaria. “Las cuotas son una buena medida pero es interesante la que respecta a los pacientes naïve porque no genera ruido entre nadie y tiene bastante éxito allá donde se utiliza”, afirmaba Cruz. Ambas medidas necesitan, antes de aplicarse, un encaje que puede ser legislativo o también “a través de un acuerdo en el Consejo Interterritorial”, continúa la directora general de Farmacia.

De esta forma, el Ministerio de Sanidad abre la puerta a que las decisiones sobre la prescripción de medicamentos biológicos no tengan que ser de forma obligatoria una potestad del Ejecutivo central. La posibilidad de que el Interterritorial pueda adoptar y validar estos procedimientos de las citadas comunidades autónomas podrá valer a ojos del Ministerio.

Sin embargo, las declaraciones ministeriales no se ajustan a los procedimientos que se están viendo en las comunidades autónomas citadas ya que el procedimiento de sustitución es automático también para los pacientes que ya han iniciado tratamiento. Además, la existencia de la orden ministerial de 2007 que obliga a la prescripción por marca, unido al precepto legal de la Ley de Garantías que prohibe la sustitución entre medicamentos biológicos, chocan directamente con estas ordenanzas y ponen en jaque la libertad de prescripción del médico.