J. R-T. Madrid | viernes, 02 de diciembre de 2016 h |

El Ministerio de Sanidad ha dado a conocer los datos del gasto farmacéutico del mes de octubre, en cuyas cifras se puede comprobar qué incidencia ha tenido la entrada en vigor de los nuevos precios de referencia. Si bien es pronto para hablar de tendencia sí que se puede observar que el impacto ha sido leve. En datos totales el gasto farmacéutico ha decrecido en un 0,11 por ciento pero no parece que la responsable sea la orden.

El gasto medio por receta, en comparación con el mes de octubre de 2015, ascendió en un 0,97 por ciento hasta los 11,03 euros. También es cierto que en comparación con septiembre de 2016 este indicador experimentó un retroceso: bajó en 13 céntimos. Este indicador sería el que mejor reflejaría una orden ministerial cuyo objetivo es reducir el precio de los medicamentos

Si el impacto de la OPR no se ha erigido como protagonista del descenso del gasto farmacéutico en su compraración interanual, ¿por qué ha bajado? La respuesta se encuentra en el número de recetas facturadas al Sistema Nacional de Salud. Este indicador, según ha informado el Ministerio de Sanidad, descendió en octubre en un 1,07 por ciento respecto al mismo dato del año anterior. Además, si se analiza por comunidades autónomas, se puede comprobar que este indicador se reduce en todas menos en Castilla La Mancha y Canarias, precisamente donde más sube la factura total del gasto farmacéutico.

Más allá de su incidencia en la factura farmacéutica mensual, los precios de referencia también han sido noticia por una sentencia de la Audiencia Nacional. En ella, el tribunal reconoce que tiene rango legal una nota aclaratoria de la Aemps sobre la comercialización de formatos de medicamentos con autorización nacional. El dictamen viene motivado por un recurso presentado por Farmaindustria y está intimamente ligado con los precios de referencia, ya que un medicamento puede caer en este régimen desde que, entre otras cosas, se haga efectiva su comercialización. Tras esta resolución, cualquier comunicación de comercialización que realice la Aemps se considera suficiente.