| domingo, 13 de septiembre de 2009 h |

a. c.

Madrid

Pregunta. ¿Cómo valora la Asociación Nacional para la Defensa de la Objeción de Conciencia (Andoc) la libre adquisición de la píldora del día después (PDD)?

Respuesta. Como entidad que engloba a profesionales sanitarios creemos que es una medida a la que no se le encuentra sentido sanitario alguno. Ni incluso para la supuesta prevención de abortos. Es una medida poco reflexionada.

P. Y vuelve a salir a la palestra el debate sobre el derecho a objetar y negar su dispensación, ¿no?

R. En este caso es si cabe más importante permitir la objeción del boticario, puesto que no se trata de una objeción moral, de conciencia, sino de ciencia, basada en criterios profesionales.

P. Algunos colegios ya han sugerido a sus colegiados no dispensarla a menores de 16 años.

R. Con buen criterio. No hay ensayos clínicos para estos grupos de edad, por lo que faltan las elementales medidas de seguridad que reclama la Ley del Medicamento. Insisto, son criterios profesionales, más allá de los criterios morales.

P. ¿Cómo valora el papel del Ministerio de Sanidad en lo que respecta a estas reclamaciones de los profesionales?

R. Creo que ha pasado de puntillas en todo esto sin escuchar las recomendaciones del sector. Esto hará que, sin realmente pretenderlo, muchos boticarios se tengan que acoger a la objeción, aunque no comulguen con ella.

P. ¿La mención al derecho a objetar en el protocolo de dispensación que elabora Sanidad sería una buena forma de rectificar?

R. Estamos expectantes por conocer tanto dicho protocolo como la disposición legal que regulará esta decisión. Si no se incluye en ambos textos este derecho presentaremos un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, por entender que se lesiona un derecho fundamental. Igualmente, no descartamos un recurso administrativo contra la disposición legal en cuestión.

P. Las llamadas a vuestra asociación por parte de los profesionales solicitando información al respecto se habrán multiplicado últimamente, ¿no?

R. Efectivamente, recibimos muchísimas llamadas, tanto de colegios farmacéuticos como a título individual.

P. ¿Qué se les recomienda?

R. Nosotros no sugerimos nada. Simplemente les comunicamos las diversas objeciones a las que pueden acogerse según cada caso. La de conciencia también es posible en la dispensación de la PDD.

P. ¿No cree que todos estos debates se acabarían con una regulación más específica y actual sobre la objeción de conciencia, que desarrolle lo ya estipulado en la Constitución española?

R. En Andoc somos partidarios de una nueva regulación de la objeción, siempre que se base ad casum y que no sea generalizada, además de contar con los colegios para su elaboración y validación.