carlos b. rodríguez Madrid | viernes, 27 de abril de 2012 h |

Más allá del copago farmacéutico en función de la renta, la ministra de Sanidad, Ana Mato, no concretó tras el Consejo Interterritorial ninguna de las medidas que tenía pensado abordar en el ámbito de la farmacia para llegar al objetivo de reducir 7.000 millones de euros el gasto sanitario público español. El Real Decreto-ley 16/2012 demuestra que el impulso a los genéricos y la adecuación de los envases no eran tanto medidas para ahorrar como buenos titulares de prensa. El secreto de los ahorros dependerá otra vez del sector farmacéutico, si bien no a través de actuaciones directas sobre el precio. Por un lado, de la desfinanciación de fármacos para tratar síntomas menores (ver Publicitarios de este número). Por otro, del establecimiento de un sistema de precio seleccionado.

La exposición de motivos de este real decreto-ley, el cuarto en dos años, exige sacrificios a los agentes de la cadena del medicamento y deja bien clara la postura del legislador: “Todos los países de la Unión Europea están analizando y adoptando medidas que permiten optimizar sus modelos asistenciales y farmacéuticos, y en especial, el gasto farmacéutico y su peso en el gasto sanitario”. Al mismo tiempo, añade que “la implantación de medidas en este ámbito es muy intensa, en especial en los países a los que ha golpeado con más intensidad la crisis financiera y económica”.

Si se tienen en cuenta los efectos de la crisis en España, no es de extrañar que la letra pequeña siga manifestando la necesidad de adelgazar la factura pública de medicamentos. El Gobierno no obvia, además, que previamente se han producido tres decretazos centrados en la prestación farmacéutica del SNS, pero afirma que han producido “efectos de dualidad de precios y mercados que pueden conculcar los principios de economía de mercado que es necesario revisar a efectos de proteger la competencia en los diferentes subsectores”.

Fomento de la competencia

“Fomento de la competencia y competitividad” es el título de un nuevo apartado añadido al artículo 97 de la Ley de Garantías que asegura que, para conseguir los fines de eficiencia y sostenibilidad en la prestación farmacéutica “se implementarán las medidas administrativas y regulatorias que en cada ejercicio presupuestario se consideren apropiadas para estimular la competencia entre proveedores de insumos farmacéuticos, redundando en descensos de precios unitarios”. Por ello, no es nada nuevo que cada año el sector farmacéutico esté pendiente de las revisiones de precio de los medicamentos, pero hasta ahora era exclusivamente en el marco del sistema de precios de referencia.

Además de dejar la puerta abierta a las bajadas de precios, el Gobierno también las ha blindado contra cualquier posible iniciativa, bien del sector o bien de alguna comunidad autónoma, para intentar ‘boicotear’ su resultado. “Toda actuación limitativa a la competencia se considerará —según la nueva redacción del artículo 97 de la Ley de Garantías— contraria a los principios de eficiencia y sostenibilidad y será perseguida de oficio por los órganos competentes”.

En este marco se sitúa la apuesta por el sistema de precio seleccionado. Surge como una evolución del sistema de precios de referencia (aunque también podrá aplicarse a medicamentos y productos sanitarios que, no estando financiados, se consideren de interés para la salud pública), y pretende conseguir un objetivo similar al de las subastas andaluzas, aunque no tan excluyente. Donde las licitaciones de la consejera de Sanidad andaluza, María Jesús Montero, solo permiten un ganador, las subastas nacionales no excluirán de la financiación a nadie que no quiera ser excluido.

Ello dependerá de si las compañías deciden libremente rebajar los fármacos afectados hasta el precio máximo seleccionado por el ministerio y autorizado por la Comisión Interministerial de Precios. A cambio, las presentaciones afectadas quedarán exentas durante el periodo de vigencia del precio seleccionado (dos años) de la aplicación de las deducciones del 7,5 por ciento establecidas en el Real Decreto-ley 8/2010.