Mariano Avilés Presidente de Asedef | viernes, 17 de abril de 2015 h |

De todos es conocido que los sistemas sanitarios deben adaptarse a la realidad de la sociedad. En España, con una pirámide poblacional en la que pesa el envejecimiento, las prestaciones deberán ir en consonancia. Esto supone no solamente un incremento de los servicios y del gasto farmacéutico, sino la contribución al gasto por los ciudadanos en la medida que legalmente corresponda y el fomento de instituciones de atención sociosanitaria para hacer frente a problemas de dependencia.

La sentencia del Tribunal Supremo (1117/2015) da la razón a la Generalitat Valenciana en tema tan importante como la prestación farmacéutica de los centros sociosanitarios. La estructura de estos centros está en: los servicios de farmacia, los depósitos de medicamentos y los botiquines sociosanitarios, estructuras que reconoce el Decreto 94/2010 y que el colegio valenciano consideraba que infringía principios jurídicos de rango estatal. Los motivos que se esgrimen para el recurso son la dispensación directa de medicamentos por los centros sociosanitarios y la asistencia farmacéutica domiciliaria.

La supervisión de un farmacéutico de estas estructuras y la vinculación de las farmacias que lo hubieran solicitado no solamente colocan en la legalidad el decreto como así lo determinó la sentencia del TS de 2014 (doctrina unificada), sino que además posibilita adaptar las prestaciones a la realidad de pacientes mayores polimedicados con nuevas necesidades, cuyo acceso a la botica les resulta complicado.

La atención domiciliaria se impone como una necesidad de coordinación de profesionales, cuidadores y servicios sociales. Ello incluye la accesibilidad al suministro supervisado de medicamentos (que no suponen dispensación comercial) conforme establece el Decreto 94/2010 en concordancia con el art. 2 de la Ley 29/2006 de Garantías. Es tarea de los colegios farmacéuticos e instituciones relacionadas, que prestando –como presta- la farmacia un servicio a la sociedad de innegable primer nivel, tienen como tarea urgente la adaptación a las nuevas formas de estructura social que serán la base del inmediato futuro de atención a los pacientes que lo necesiten.