c. r. Madrid | viernes, 04 de enero de 2013 h |

El euro por receta de Madrid ya es una realidad a la espera de ser recurrida; la cuestión es cuándo. El presidente, Mariano Rajoy, que hizo balance de su primer año de Gobierno al término del último Consejo de Ministros de 2012, confirmaba la primera parte de la ecuación. “El Gobierno ya lo ha recurrido [el euro por receta] en Cataluña al Tribunal Constitucional y sería impensable que tomara una decisión diferente en el caso de la Comunidad de Madrid”. Pero la segunda, el cuándo, continúa en el aire. El recurso podría ser inminente o alargarse hasta un máximo de nueve meses.

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional decreta que el recurso de inconstitucionalidad debe formularse dentro del plazo de tres meses a partir de la publicación de la Ley, disposición o acto con fuerza de Ley impugnado. No obstante, el plazo puede alargarse hasta los nueve meses si se convoca la Comisión Bilateral de Cooperación, como será el caso.

El matiz en este caso proviene de que el Estado está seguro de que la tasa es inconstitucional y ya la ha recurrido una vez. Ello ha alentado las movilizaciones contra el euro por receta tras su entrada en vigor en Madrid. La Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública se ha dirigido ya al Ministerio de Sanidad, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía General del Estado para que actúen y paralicen su aplicación. El Defensor del Paciente transmitirá al consejero de Sanidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, su oposición al cobro de la tasa el 17 de enero.

La firmeza del Gobierno en sus declaraciones sobre el euro por receta también ha llevado al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid a mostrarse confiado en que su paralización podría llegar a lo largo del mes de enero.

Sin embargo, el peor escenario posible podría alargar la decisión hasta septiembre. El motivo es la exigencia del Ejecutivo regional a recibir el mismo trato que recibió la tasa en Cataluña. Y en Cataluña, la decisión de presentar un recurso de inconstitucionalidad ha tardado los nueve meses preceptivos. En Navarra, la decisión de recurrir el decreto foral que anula el copago farmacéutico por renta sólo ha llegado a tres. No hubo necesidad de convocar la Comisión Bilateral, porque la Consejería se oponía a la decisión adoptada en el Parlamento.

Esta decisión, adoptada también en el último Consejo de Ministros del año, va acompañada además de conflicto positivo de competencia contra el Gobierno de Navarra sobre el Decreto que regula el procedimiento y las condiciones para el acceso a las prestaciones sanitarias públicas.

El recurso se insta frente a la Ley Foral sobre la complementación de las prestaciones farmacéuticas en su conjunto por entender que incurre en inconstitucionalidad directa o indirecta al regular, para su ámbito territorial, tanto la cobertura financiera de la prestación farmacéutica ambulatoria del SNS como las condiciones para disfrutar del derecho a dicha prestación. La inconstitucionalidad deriva, según el Consejo de Ministros, de que compete al Estado garantizar una unidad mínima en las condiciones de acceso a los productos farmacéuticos, así como la legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades.