| viernes, 17 de febrero de 2012 h |

Los problemas que atraviesan las administraciones regionales para hacer frente a los pagos a sus proveedores podrían agravarse si estos abandonaran en tromba la vía de la negociación y se aferraran al derecho a la reclamación que establece la Ley 15/2010 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Esta reconoce la posibilidad de que los suministradores del Estado exijan intereses de demora, que según cálculos realizados por EG ascenderían a los 1.148 millones de euros para los proveedores sanitarios.

Así, según la modificación introducida por esta norma en el artículo 200.4 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, “la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días” siguientes a la prestación y, si esta se demorase, “deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro”, además del importe del bien o servicio adquirido. A este respecto, cabe destacar que dada delicada situación de las arcas, que al parecer fue tenida en cuenta en 2010 por los legisladores cuando diseñaron la Ley de Morosidad, el plazo 30 días no entraría en vigor hasta enero de 2013. Para la deuda contraída entre enero de 2011 la ley permite una dilación de 50 días, y para 2012 el plazo máximo se reducirá hasta los 40.

Una vez transcurrido este, y para forzar la devolución, las compañías tendrían primero que formular una reclamación por escrito a la administración contratante del importe adeudado, así como de los intereses de demora. Si en un mes no obtuvieran respuesta de las autoridades, podrían elevar un recurso contencioso-administrativo alegando la inactividad de las autoridades ante su reclamación y solicitar como medida cautelar “el pago inmediato de la deuda”, según el artículo 200 bis, cuantía a la que se tendrán que incluir los intereses de demora.

Intereses del 8%

En este sentido, cabe señalar que la última resolución publicada en el BOE por la dirección general del Tesoro y Política Financiera indica que el tipo que se aplicará para estos casos se sitúa en el 8 por ciento. Esto supondría, si se tiene en cuenta que el total de las comunidades deben a los proveedores sanitarios un montante de 11.599 millones de euros, y que el plazo medio de demora para los suministradores de fármacos es de 525 días, y el de la que se mantiene con los de productos sanitarios es de 473, que los intereses que tendrían que pagar las comunidades por la adquisición impagada de estos bienes (1.148 millones antes mencionados) incrementaría la factura de la deuda sobre el 9,9 por ciento.

Asimismo, el pago de costes adicionales por la dilación en el pago (sin tener en cuenta las costas asociadas a las reclamaciones, que correrían también a cuenta de la administración contratante) supondría un 1,99 por ciento del presupuesto sanitario de 2012 para todo el Estado, que asciende a los 57.660 millones de euros. Aunque los datos realmente llamativos se dan cuando se analiza de forma desglosada el impacto que tendría en las distintas comunidades autónomas.

Así, las comunidades que más sufrirían en caso de que las compañías optaran por la vía de la reclamación, serían, obviamente, las más endeudadas, y aquí se llevan la palma Comunidad Valenciana, Andalucía, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Cantabria. En el caso de la región levantina, con una deuda de 2.265 millones de euros con la industria farmacéutica y la de los productos sanitarios, y con plazos de pago de 884 y 841 días, respectivamente, la cuantía de los intereses ascendería a los 405 millones de euros. Así, la suma de la deuda y los intereses representaría el 48,6 por ciento del presupuesto sanitario de la autonomía para 2012.

Por su parte, Andalucía podría verse obligada a abonar una cuantía adicional de 419 millones, dada la alta cantidad adeudada (2.808 millones) y a que los plazos pago superan los 700 días. Por su parte, Castilla y León debe 1.095 millones y paga a las farmacéuticas con un retraso de 816 días y a los proveedores de productos sanitarios de 684, lo que podría generar unos intereses de 168 millones. En ambas comunidades, la proporción de la deuda, en relación con el presupuesto sanitario, se vería aumentada en torno a un 5 por ciento por este motivo.

Una proporción similar sería la que afectaría a Cantabria, una comunidad que ya ha tenido que hacer frente a una reclamación por parte una entidad privada, en este caso Roche Farma, que presentó un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número de Santander después de que el Servicio Cántabro de Salud no atendiera a su escrito de reclamación de la cantidad que se le adeudaba.

Al auto judicial, que dio la razón a Roche, estimó la medida cautelar exigida por la compañía y obligó a las autoridades sanitarias de Cantabria al “abono inmediato de las facturas adeudadas”, que superaban los 2,4 millones de euros. Al parecer, en este caso, el laboratorio farmacéutico ha preferido no optar a la devolución de los intereses generados por el impago. El Gobierno de Cantabria, por su parte, tampoco quiso ir más allá y aceptó la resolución al no interponer recurso contra la decisión del juez.

Otra de las caras que tiene la deuda de las administraciones es el abono de las liquidaciones por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) sin haber cobrado las facturas que lo generaron. Según los cálculos realizados por este periódico en función de la deuda a los proveedores, estos han hecho efectivo el pago de un total de 673 millones de euros por liquidaciones de un IVA que tardarán más de un año y cuatro meses en cobrar, de promedio.

En concreto, las compañías farmacéuticas, cuyos productos tributan al tipo superreducido del 4 por ciento de IVA, habrían adelantado un total de 254,7 millones de euros por las ventas de 6.369 millones que, aún se les adeuda. Por su parte, las compañías de productos sanitarios, cuyo IVA se sitúa en el 8 por ciento, habrían abonado ya a las arcas públicas 418,4 millones en concepto de facturas que todavía no han sido cobradas por un valor de 5.230 millones de euros. Esta situación no hace más que perjudicar aún más las maltrechas cuentas de los proveedores sanitarios pues, no solamente no cobran sino que deben pagar los impuestos relativos a los productos y servicios que han servido a los sistemas autonómicos de salud.

No es el único caso en el que las administraciones hacen ‘negocio’ con los pagos de los proveedores a los que luego deja sin cobrar. El caso de las subastas andaluzas es similar, aunque de cuantía mucho más reducida. La resolución andaluza por la que se convoca la selección de medicamentos establece que el Servicio Andaluz de Salud comunicará a las compañías adjudicatarias entre el día 15 y 25 de cada mes las cuantías que tendrán que satisfacer por las ventas ejecutadas durante el mes anterior. El SAS da asimismo un plazo de un mes para abonar la liquidación. Ese dinero será manejado por la administración durante varias semanas hasta que efectúe el pago a las farmacias.

Según la Ley 15/2010 de Morosidad, pasados 30 días de la prestación se tiene derecho al cobro de intereses de demora

La suma de deuda más intereses que tiene la Comunidad Valenciana llegaría al 48 por ciento del presupuesto sanitario