El RD de Receta no fija criterios comunes para toda España y serán las CC.AA. quienes fijen la información accesible
| 2011-01-07T15:48:00+01:00 h |

a.c.

Madrid

De partida, si hay algo en el contenido del recién aprobado Real Decreto de Receta Médica que gusta especialmente a los farmacéuticos nacionales es la posibilidad que dicha norma les ofrece de acceder desde sus equipos informáticos “a los datos necesarios para una correcta dispensación informada y seguimiento del tratamiento”, confidencialidad al margen. Una vieja reivindicación que ahora llega a buen puerto.

Sin embargo, la falta de claridad del citado artículo respecto a qué datos concretos estarían a su disposición (historia clínica o farmacoterapéutica), lo cual deberá ser desarrollado por cada comunidad autónoma, obliga a mantenerse expectante antes los consiguientes desarrollos, esperando que los mismos destaquen por la equidad y la igualdad de criterios. “Por el bien de los pacientes, se debe permitir el acceso a cuantos más datos mejor pero, sobre todo, que todas las farmacias accedan a la misma información”, plantea María Jesús Rodríguez, presidenta de la Sociedad Española de Farmacia Comunitaria (Sefac) para impedir desigualdades en la atención.

Otras voces incluso ponen lugar y fecha propicios donde trabajar en la homogeneidad de criterios: el próximo Consejo Interterritorial a celebrar en febrero, si bien no es habitual que este órgano integrador de las 17 autonomías debata normativas ya publicadas.

Aprobado global

La necesidad de pulir todavía cuestiones como la anterior da provisionalidad al aprobado que, en su análisis global, otorgan los farmacéuticos a esta norma. Un aprobado sustentado en la simplificación de la burocracia asociada a la receta que introduce el texto (unificando receta pública y privada), sus reconocimientos explícitos al papel de los farmacéuticos, con alusión directa a la importancia del seguimiento farmacoterapéutico y la mejora de la comunicación con los médicos dando entrada a nuevos cauces para ello (el boticario puede bloquear una dispensación por cuestiones sanitarias mientras que los facultativos tienen la opción de entregar al paciente un documento oficial de observaciones para su conocimiento por el dispensador). “Son detalles que, sin ser de afectación directa, si favorecen la atención farmacéutica”, indica Rodríguez, la cual cree que “nos quitamos en parte el mal sabor de boca que, respecto a nuestro papel, nos ha dejado el anteproyecto de la nueva Ley de Salud Pública”.

Por último, el nuevo RD de Receta clarifica las funciones de adjuntos y auxiliares, recogiendo que este tipo de trabajadores también puedan disponer de certificado electrónico con avalar las dispensaciones frente a un único certificado por local reservado, en principio, para el titular. Precisamente, son varios los sistemas de receta electrónica regionales que sólo otorgan al titular dicho certificado, lo cual, legalmente, limitaba a este profesional la capacidad para dispensar fármacos. Por ejemplo, en Galicia, esta situación provocó la denuncia del colectivo de técnicos y auxiliares, los cuales alertaban de la posible pérdida de miles de puestos de trabajo si el sistema de e-receta les dejaba al margen de esta función.