Alberto Cornejo Madrid | miércoles, 09 de marzo de 2016 h |

Agua que no has de beber —o que no puedes beber, en el caso que nos ocupará en las siguientes líneas— déjala correr. Este dicho bien podría ser aplicable al empecinamiento de la Comisión Europea en el pasado, y más recientemente, y dentro de nuestras fronteras, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), de ‘acabar’ con lo que ya funciona: el modelo farmacéutico español basado en la reserva de la propiedad en manos profesionales, así como la ordenación y planificación farmacéutica. En una versión libre del refrán antes mencionado, bien podría decirse que “modelo que no puedes liberalizar —por el respaldo ofrecido al mismo por el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea—, déjalo correr”.

Precisamente, uno de los objetivos que tuvo la conferencia ‘Ordenación farmacéutica y sistema de salud’ impartida en la jornada de Infarma del miércoles 9 de marzo por Juan Manuel Rodríguez Cárcamo, abogado del despacho Pérez Lorca, fue repasar las diversas sentencias emitidas por el Tribunal de Luxemburgo respaldando la potestad de los estados miembro de introducir restricciones en sus modelos farmacéuticos “en aras de la protección de la salud pública, el correcto abastecimiento de los medicamentos y evitar el derroche de recursos públicos”.

Rodríguez Cárcamo representó los intereses de España ante este tribunal en procedimientos como el dictamen motivado abierto contra Italia por su modelo y en el cual se decidió “apoyar a Italia” por las similitudes entre modelos que cuestionaba la Comisión Europea en su afán último por liberalizarlo. En su posterior sentencia (2009), “el Tribunal recordó que exigir la presencia de un profesional en la propiedad de la farmacia garantiza el uso racional de medicamentos y evita por ende el derroche de recursos públicos”, recordó el abogado.

Asimismo, quiso incidir en que las consideraciones de este Tribunal tanto en su sentencia sobre la cuestión italiana —que propició el cierre del dictamen motivado— y un año después sobre la denominada ‘cuestión prejudicial asturiana’ (que afectaba a los criterios de planificación) fueron tan clarividentes y favorables a la regulación que “dado que este tribunal controla el funcionamiento de las instituciones europeas, la CE cerró inmediatamente este asunto”. Por ello, a Rodríguez Cárcamo le sorprende “más si cabe” que la CNMC “haya retomado estas intenciones con la publicación de un reciente informe pro-liberalizador en el que ni tan siquiera hace mención a estas sentencias”. A su juicio, “no es posible abordar el debate de la regulación en materia farmacéutica (como es el objetivo del informe de Competencia) sin aludir a esta sentencia”

Pero el sector sigue sin tenerlas todas consigo. Recuerda que, recientemente, una de las exigencias de la ‘troika’ para conceder otro rescate a Grecia fue la exigencia de liberalizar la propiedad de sus farmacias y el libre establecimiento. En este sentido, el abogado reconoce que le “sorprendió” esta exigencia, pero hace un llamamiento a la calma: “El Consejo de la UE sabe que es más difícil de controlar al Tribunal de Luxemburgo que a la Comisión Europea —por no decir imposible— y en derecho, la jurisprudencia de Luxemburgo sigue siendo referencia”. Debate cerrado. Parece. Eso sí, siempre que las restricciones y regulación “sigan siendo proporcionales al fin perseguido”, recuerda este experto.