Unifica criterios y reconoce las disposiciones de la directiva europea en un documento que orientará la futura normativa

La posibilidad de resaltar las propiedades específicas de los productos o las puntualizaciones sobre el lenguaje son algunas de las novedades

| 2011-07-22T16:19:00+02:00 h |

Rocío Chiva

Madrid

Muchas reuniones es lo que hay detrás de la nueva guía de publicidad de medicamentos de uso humano que la Asociación para el Autocuidado de la Salud (Anefp), la Agencia Española del Medicamento (Aemps) y la dirección general de Farmacia del Ministerio de Sanidad presentaron el pasado 7 de julio. Para su elaboración, un equipo compuesto por cuatro representantes de la Dirección General de Farmacia, tres de la Aemps y cuatro de Anefp, han trabajado duro hasta consensuar sus opiniones y dar a luz esta guía, un documento con el que todas las partes sin excepción afirman estar muy contentas.

Cabe destacar que la principal novedad de la guía es ella misma, un documento que reconoce “por fin” la directiva europea, tal y como manifiesta María del Carmen Isbert, directora técnica de Anefp. Y es que, antes de la aparición de la guía se encontraba únicamente el Real Decreto 1416/ 1994, “una legislación obsoleta” que tenía que haber sido adaptada hace ya años, a raíz de la aparición de la citada directiva europea.

Pero, además, la guía también mejora la comunicación entre la industria farmacéutica y la administración, ya que, al facilitar el procedimiento y potenciar la vía telemática, se prevén unos trámites mucho más rápidos que los actuales. Otra de las novedades importantes es la inclusión de un apartado que indica que los medicamentos publicitarios podrán ser anunciados como novedad hasta que cumplan los dos años.

Criterios objetivos

Ante la falta de un documento con criterios concretos, la proliferación de interpretaciones subjetivas era inevitable y, por eso, Isbert considera vital la segunda parte de la guía, un código de buenas prácticas que pone por escrito todos esos puntos de interpretación variable. Para Isbert, una de las cosas más importantes que se reflejan aquí es la posibilidad de incluir como base para los anuncios la ficha técnica referida a propiedades farmacocinéticas y no solo el prospecto, como ocurría hasta ahora.

A este respecto, Isbert señala que los laboratorios podrán “resaltar las ventajas o propiedades extra de sus fármacos”, aunque sin hacer comparaciones. Asimismo, las compañías podrán indicar en los anuncios que sus productos están “clínicamente probados”, algo para lo que ahora tampoco estaban autorizados.

El lenguaje de los anuncios también tiene un apartado en esta guía, que prohíbe el uso de palabras como “seguridad” o “natural”, ya que, como reconoce Isbert, pueden dar sensación de inocuidad. Por contra, sí acepta determinados términos coloquiales. Igualmente, la guía también reconoce la inclusión de estadísticas, siempre que procedan de “organismos de solvencia científica reconocida”, o el eslogan del laboratorio que esté detrás del anuncio.

Del mismo modo, Isbert se mostró satisfecha con el hecho de que en el caso de promociones audiovisuales de un determinado medicamento, destinadas a diferentes países de la UE, en la versión destinada a España los textos se adapten “a la propia idiosincrasia del país”. Y es que, gracias a este apartado incluido en el documento, las multinacionales se aseguran de que podrán emitir el mismo anuncio en todos los países europeos, aunque sea con un texto modificado, ya que antes se les podía pedir la eliminación de alguno de sus fotogramas, lo que encarecía el coste del spot publicitario.

Por supuesto, también existen novedades acerca de Internet. Así, a partir de ahora, la información y consejos generales sobre patologías en los que no aparezca el nombre del medicamento no tendrán que pasar un control previo para su publicación.