La estabilidad y la previsibilidad son factores claves para que las compañías farmacéuticas hagan sus cálculos de rentabilidad económica

El Real Decreto Ley 4/2010, y la consiguiente modificación de la OPR introducen cambios que afectan a industria de genéricos e innovadores

| 2010-10-01T17:02:00+02:00 h |

Arturo Díaz del Campo

Madrid

Los continuos cambios de legislación que ha implementado el Gobierno en los últimos meses han dejado a las compañías farmacéuticas de nuestro país sin apenas tiempo de reacción. Y ante esta situación, a la industria “sólo le queda aferrarse a la seguridad jurídica”, según recomendó Jordi Faus, abogado de Faus y Moliner.

A este respecto, con la nueva Orden de Precios de Referencia a la vuelta de la esquina, el director general de la Asociación Española de Medicamentos Genéricos (Aeseg), Ángel Luis Rodríguez de la Cuerda, aseguró que la publicación en el BOE de dicha orden ministerial supondrá, en menos de un año, la tercera bajada de precios para el sector de los genéricos de nuestro país. Y el problema no acaba ahí, ya que si se tiene en cuenta la actual normativa, establecida por el RDL 4/2010, la industria de genéricos no sabe en qué momento puede llegar una nueva revisión de precios por orden ministerial. Con este escenario, Rodríguez de la Cuerda remarcó que en el sector existe “inseguridad jurídica”, y aprovechó para solicitar “claridad” a la administración en sus decisiones.

En cuanto a las repercusiones del texto legislativo, el director general de Aeseg lamentó el descenso general en el precio de los fármacos genéricos del 25 por ciento. Pero, además, puso de manifiesto la situación actual en la que se encuentran los fármacos que reciben autorización. Antes un genérico salía al mercado y tenía un plazo de un año para incorporarse a un conjunto activo. Sin embargo, ahora “desde un principio bajan un 40 por ciento el precio”. Asimismo, destacó que también cabe la posibilidad de que el fármaco se incorpore directamente a un conjunto inactivo, lo que abre la vía de que el medicamento comience a comercializarse de manera efectiva a los dos años.

Por otro lado, recordó que el cálculo de los precios de referencia a través del concepto de Dosis Diaria Definida (DDD) está “obsoleto”, ya que no todos los productos pueden regirse por este método. “Es un proceso injusto”, prosiguió. En cuanto al cálculo de los precios menores, el director general de la patronal española de medicamentos genéricos solicitó al Ministerio de Sanidad que se incluyese en un anexo de la propia Orden de Precios de Referencia. Igualmente, propuso otros dos requisitos para su establecimiento: que se tenga en cuanta solamente productos comercializados y que estos tengan una cuota mínima de mercado.

Costes industriales

Por otro lado, en lo que a la rentabilidad económica de algunos medicamentos se refiere, desde Aeseg se posicionaron claramente, y Rodríguez de la Cuerda aseguró que “hay productos que es imposible seguir comercializándolos con esos costes industriales”. Además, como método sustitutivo de la DDD, propuso esos mismos costes para calcular el precio mínimo de los genéricos.

Debate sobre propuestas

La patronal anunció estas propuestas durante el foro de debate “Propuestas de mejora del actual Sistema de Precios de Referencia”, celebrado la pasada bajo la organización del Centro de Estudios Para el Fomento de la Investigación (Fundación CEFI). En ese marco, tanto Faus como el abogado de Iberforo, Germán Alonso Alegre, valoraron las repercusiones que el RDL 4/2010 ha tenido en las compañías innovadoras por los cambios legislativos que afectan a las innovaciones galénicas.

En este sentido, Alonso aseguró que “debería ser una normativa estable”, porque pueden producirse confusiones con los plazos en las últimas solicitudes de autorización. Faus, por su parte, recomendó a las compañías cuyas solicitudes para innovaciones galénicas fueron rechazadas que se olviden de contratar abogados y que busquen “buenos peritos independientes que os hagan buenos informes” de evaluación.