Pide que modifique la legislación que limita a cuatro el número de farmacias en manos de una misma sociedad
| 2008-12-07T18:45:00+01:00 h |

REDACCIÓN

Bruselas

A pocos días para que el abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo Yves Bot emita su informe sobre el denominado ‘caso italiano’, por la prohibición que impone su legislación a la titularidad no farmacéutica (ya sea unipersonal o por parte de sociedades formadas por farmacéuticos) y que las distribuidoras adquieran participaciones en las sociedades de gestión de farmacias municipales, la Comisión Europea ha dado otra vuelta de tuerca y ha abierto otro procedimiento de infracción contra Italia por su normativa farmacéutica donde esa sociedad tenga su sede.

En este caso, la Comisión Europea solicita a Italia que modifique su legislación en relación con la prohibición que limita a un farmacéutico tener más de una farmacia y que establece en cuatro el número máximo de boticas que pueden estar en manos de una sociedad formada por farmacéuticos, y que según la normativa italiana deben estar situadas siempre en la misma provincia.

La Comisión Europea vuelve a sacar a relucir el artículo 43 del Tratado de la CE, el relativo a la libertad de establecimiento dentro de la Unión Europea. En dictamen motivado, la Comisión comunica a las autoridades italianas que en el caso de no obtener una respuesta satisfactoria de éstas en el plazo de dos meses se reserva la posibilidad de volver a llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

La Comisión Europea considera que, mediante la adopción y el mantenimiento de las restricciones que impone la normativa farmacéutica italiana, este país ha incumplido sus obligaciones en virtud del artículo 43 del Tratado CE, ya que tales restricciones son susceptibles de impedir o que sea más difícil el establecimiento de farmacias por parte de los operadores de otros Estados miembro.

La Comisión estima que las restricciones no pueden ser consideradas compatibles con el Tratado CE, ya que, según el dictamen motivado emitido, éstas no están justificadas por el interés público y los objetivos no son necesarios y proporcionados para alcanzar dichos objetivos. A este respecto, la Comisión Europea considera que estas restricciones van más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo de proteger la salud, tal y como habían argumentado las autoridades italianas.

La apertura de este nuevo dictamen motivado coloca a Italia en la misma situación que Alemania ya que, al procedimiento iniciado por la prohibición de la titularidad no farmacéutica se le une el de la multipropiedad.