El TC aún debe resolver una cuestión de inconstitucionalidad de la norma

Si se deroga el 5/2000, el RD de Mutualidades también “caería” al basarse en él

| 2009-03-08T18:23:00+01:00 h |

alberto cornejo

Madrid

Por muy abultada que sea la cifra de recursos, como así se prevé, tanto institucionales como individuales, que se presenten antes del 13 de marzo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto de Mutualidades, en ningún caso supondrá que dicho órgano judicial otorgue prioridad o celeridad en resolver estos recursos, por lo que las previsiones más realistas apuntan a que una sentencia al respecto no verá la luz nunca antes de 2011 ó 2012.

Es por ello que expertos juristas indican que la próxima novedad en torno a la validez de este Real Decreto de Mutualidades podría llegar a finales del presente año o comienzos de 2010 y de forma indirecta, por el denominado ‘efecto dominó’. Ésta es la fecha en la que se espera vea la luz la decisión del Tribunal Constitucional acerca de la cuestión de inconstitucionalidad del Real Decreto 5/2000, un asunto que fue elevado en 2000 a este órgano judicial por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria tras las denuncias presentadas por varios farmacéuticos.

A criterio de Rafael Ariño, abogado del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, “si el 5/2000 se declara anticonstitucional, el Real Decreto de Mutualidades caerá paralelamente con él al basarse en sus escalas”. Así lo apuntó durante su intervención en el acto informativo organizado el pasado 2 de marzo por el colegio madrileño y la patronal regional de oficinas de farmacia Adefarma.

Para este abogado, “la decisión del Constitucional sobre el Real Decreto 5/2000 siempre se emitirá antes que la sentencia del proceso abierto contra el Real Decreto de Mutualidades”. Pese a que ya han pasado tres años desde que el Constitucional admitiese a trámite la cuestión elevada por el juzgado de Las Palmas de Gran Canaria, Ariño indica que todavía se está “dentro de los plazos habituales”.

‘Efecto dominó’

El Constitucional sólo suele admitir a trámite el 40 por ciento de las consultas sobre anticonstitucionalidad que se le plantean, lo que “puede dar indicios” de una futura decisión que ratifique las, según Ariño, irregularidades que rodean a esta normativa. Sin embargo, y en contra de las creencias del sector, un fallo en este sentido no implica que las farmacias vayan a recuperar las aportaciones realizadas desde el año 2000 en base a lo estipulado en este decreto.

Así, según indica, “el Constitucional manejaría dos opciones: declarar los efectos de inconstitucionalidad desde la entrada en vigor de la norma, lo que obligaría al Estado a la devolución con carácter retroactivo de las cantidades, o que los efectos de esa inconstitucionalidad fuesen efectivos desde la fecha en la que se pronuncie el Constitucional, por lo que los boticarios no podrían reclamar dicha cuantías”.

“Un decreto ilegal”

Por otro lado, Ariño cree que el RD de Mutualidades, más allá de su relación con la decisión del Constitucional, podría ser declarado ilegal porque “el 5/2000 establece una única escala para todas las aportaciones y este nuevo decreto fija sus propias escalas, por lo que conviven dos escalas distintas”. Para él, otra prueba de su ilegalidad estriba en que “es discriminatorio con los profesionales que dispensan a funcionarios respecto a los que no lo hacen”.