alberto cornejo Madrid | viernes, 28 de febrero de 2014 h |

Un incremento salarial del 6,5 por ciento entre 2014 y 2016, un aumento de 21 horas en la jornada anual y una vigencia de tres años. Estas son las principales características del que será XXIV convenio colectivo de oficinas de farmacia según lo estipulado por Tomás Sala, el árbitro consensuado por patronales y sindicatos que desde el pasado 1 de enero tenía la misión de decidir el contenido del texto. Tanto patronales (Fefe y Fenofar) como sindicatos (UGT;CC.OO; UTF y Fetrafa) ya han recibido de este árbitro el borrador del XXIX convenio colectivo, que no pueden rechazar, y que presumiblemente firmarán este próximo miércoles 5 de marzo en una reunión a la que les ha convocado Sala con el fin de presentarles y detallarles su decisión.

La decisión de Sala tiene tintes salomónicos, ya que sus decisiones en asuntos clave como salarios, duración de la jornada anual y vigencia del texto se sitúan a medio camino entre las reivindicaciones de ambos bandos. Así, el nuevo convenio colectivo recoge un incremento salarial del 6,5 por ciento a aplicar en los próximos tres años de la siguiente manera: un 1’5 por ciento en 2014 (partiendo de las tablas salariales de 2010), un 2 por ciento en 2015 (ya según las tablas de 2014) y el restante 3 por ciento en 2016. Cabe recordar que el bando empresarial proponía un incremento del 4,5 por ciento para dicho trienio y que algunas propuestas sindicales (en su mayoría) reclamaban en torno al 8 por ciento. Fuentes patronales han señalado a EG que este incremento salarial es “asumible” ya que los costes se compensarían con el aumento de la duración de la jornada anual (en 21 horas).

Otro de los ejemplos de la imparcialidad del texto estriba en su vigencia. Las patronales optaban por una duración de 4 años, mientras que el bando sindical solicitaba una duración de dos años y, a partir de ahí, negociar un nuevo convenio. Sala ha optado por el punto medio: tres años de duración.

Con más de tres años de retraso (tendría que haber entrado en vigor el 1 de enero de 2011), múltiples desencuentros en la mesa negociadora, rupturas de negociaciones y pasos por los tribunales, las farmacias españoles por fin dispondrán de un nuevo convenio colectivo de eficacia nacional por el que regir las condiciones laborales.