Para la patronal andaluza, no permitir la solicitud por separado de un local “les obliga a sellar su unión hasta el final de sus carreras profesionales”

Con vistas a la limpieza concursal, dicen que el socio que busque ejercer por separado “debería renunciar previamente” a su parte de la botica

| 2009-07-12T17:20:00+02:00 h |

alberto cornejo

Madrid

“Lo que la farmacia ha unido, que no lo separe… un concurso”. Esta premisa es una interpretación del texto del borrador del próximo concurso para la adjudicación de nuevas farmacias en Andalucía. En concreto, de su artículo 4.5, sobre requisitos de participación en el proceso de adjudicaciones, en el que se hace referencia a la “exigencia de participación conjunta de los copropietarios y cotitulares de una oficina de farmacia, sin opción a la separación de tales propiedades”. O lo que es lo mismo: la prohibición de que uno de ellos se presente a título individual al proceso de adjudicación si no es acompañado de su otro socio.

Este condicionante sobre la ineludible participación conjunta en el concurso de los diversos propietarios de un mismo local, que bien podría simplificarse en un “o todos o ninguno”, ha sido calificado como “fuera de lugar” por parte de la Confederación de Oficinas de Farmacias de Andalucía (Ceofa), en cuanto a que “obliga a los cotitulares a sellar su unión hasta el final de sus carreras profesionales”, tal y como indicó a EG Ángel Pérez, presidente de esta patronal andaluza, que ha presentado alegaciones contra este artículo del borrador.

Entre las alegaciones que ha realizado la patronal andaluza al borrador, ésta resalta que dicha prohibición conlleva “una restricción al derecho que tiene todo farmacéutico de participar con sus méritos propios y de forma personal en un concurso”.

Renunciar a la propiedad

Desde Ceofa parten de la base de que las copropiedades son situaciones especiales en nuestra legislación, y que mantener “artificial o forzosamente” las mismas no es acorde con la tradición jurídica española. Además, Pérez recuerda que “a lo largo de una unión profesional pueden darse multitud de factores que inviten a la disolución de ésta”.

La decisión de uno de los cotitulares de la botica de optar a abrir su propia farmacia bien podría ser vista como un intento “interesado” de acaparar mercado en un mayor número de zonas o un agravio comparativo con aquellos que no tienen local alguno en la actualidad. Por ello, desde la patronal andaluza se considera “imprescindible” para la limpieza del concurso, y así lo expresan en sus alegaciones: aquel cotitular que quiera participar en él debe renunciar inexorablemente a su parte de la farmacia anterior.

Así, justifica Pérez, “entrarían a concurso en las mismas condiciones que los farmacéuticos unipropietarios, que también participan con la condición de renunciar a su titularidad y propiedad anterior”. Una igualdad de derechos “no presente” en el borrador del concurso dado a conocer hace unas semanas, lo que, según cree el presidente de Cecofa, invita a pensar que “la Junta de Andalucía discrimina al cotitular”.

En otras autonomías

Estas restricciones impuestas por la Junta de Andalucía al acceso a un negocio propio de aquellos que en la actualidad ya participen en régimen de copropiedad de un local son una novedad respecto a las condiciones establecidas en anteriores concursos en territorio andaluz. Sin embargo, tampoco no pueden considerarse exclusivas de esta comunidad autónoma. Así, Asturias es otra de las regiones donde los copropietarios sólo pueden participar de manera conjunta en un concurso.

Pese a estos dos ejemplos, la tónica dominante es la de permitir la participación a título individual de uno de los socios sin contar con el beneplácito del resto de inversores. Aragón, Cataluña, País Vasco, Extremadura o Galicia, por citar algunos ejemplos, sí respetan el mantenimiento del local al cotitular que no desea participar en el concurso.

No obstante, en muchas de estas comunidades autónomas la participación de un copropietario o cotitular en estos concursos va ligada a una serie de penalizaciones en su baremo de puntos y méritos, el cual es decisivo para obtener uno de los locales en juego. Por ejemplo, en Aragón, según confirmó a EG Ángel Giner, secretario técnico del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Zaragoza (COFZ), y debido a esa condición de copropiedad, aquel cotitular que se presente a un proceso de adjudicación verá reducida su puntuación de méritos de forma proporcional a su propiedad, además de tener que renunciar previamente a su parte de la farmacia.

Es decir, si un año de ejercicio profesional en la farmacia otorga dos puntos en el baremo de méritos, aquel farmacéutico que ostente el 50 por ciento de una farmacia sólo recibirá la mitad de los mismos (1 punto). Puntuaciones especiales al margen, el secretario técnico del COFZ ve “adecuado” que se permita la participación individual del cotitular. “Su aspiración es tan legítima como la de aquellos que no tienen local”, sentenció.