Alberto Cornejo Madrid | jueves, 08 de noviembre de 2018 h |

“Las funciones que corresponde realizar a la profesión farmacéutica están claramente delimitadas en la Ley 16/1997, el RDL 1/2015 y la Ley 44/2003 (…) sin que la Administración del Estado tenga prevista ni la ampliación o modificación de dichas funciones (…) ni la creación tampoco de la figura (sic) de la asistencia farmacéutica a domicilio”. Palabra de ministra.

Con esta respuesta ofrecida vía carta a la Mesa de la Profesión Enfermera —que previamente le había planteado, también mediante misiva, la “preocupación” de este colectivo por la farmacia asistencial— María Luisa Carcedo cierra las puertas a un posible impulso de la Atención Farmacéutica Domiciliaria por parte del Ministerio. Ahora bien, cabe recordar que las comunidades autónomas tienen competencia para desarrollar legalmente esta práctica, como así es una realidad ya en País Vasco y Comunidad Valenciana. O, en un escalón inferior, como está intentando desarrollar actualmente el Gobierno de Comunidad de Madrid en su anteproyecto de Ley de Farmacia.

Si el análisis cubre el espectro internacional, un total de once países tienen desarrolladas estrategias nacionales de AF Domiciliaria, como así lo refleja un estudio recientemente publicado en Integrated Pharmacy Research and Practice (Dove Press). A saber: Reino Unido, Estados Unidos, Australia, Canadá, Nueva Zelanda, Brasil, Japón, Jordania, Holanda, Singapur y Tailandia.

“Sin formación”

Según prosigue la titular de la cartera de Sanidad en esta misiva, “las funciones que la citada legislación atribuye a los farmacéuticos, incluidas las relativas a la vigilancia de la salud pública, en ningún caso pueden realizarse en detrimento de las de diagnóstico, tratamiento y cuidado, que la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias atribuye a los profesionales de Medicina y Enfermería”. Unas funciones —diagnóstico, tratamiento y cuidado— para las que los profesionales farmacéuticos “no han recibido formación en sus estudios de Grado”, apunta textualmente la ministra.

No todo son decepciones para la Farmacia en este escrito. Al menos, Carcedo enmarca todo lo anterior “sin perjuicio de la participación de los farmacéuticos en equipos multiprofesionales que incluyan la asistencia farmacéutica como un aspecto importante de la atención integral a pacientes, la recomendable colaboración puntual entre las oficinas de farmacia y el SNS y de las competencias que corresponden a las CC.AA”. Unas competencias entre las que, como se recordaba anteriormente, entraría la AF Domiciliaria.

¿Una ministra no muy pro-farmacia ?

El parecer que muestra ahora Carcedo como ministra respecto a la asunción de nuevas actuaciones asistenciales por parte de las oficinas de farmacia no dista mucho del que ya manifestaba en su anterior condición de secretaria de Sanidad del PSOE. Y es que no se puede decir que la ahora ministra —y médico de profesión— sea muy pro-farmacia asistencial.

En una entrevista concedida a EG en julio de 2017, la por entonces secretaria de Sanidad socialista ya indicaba que funciones como la adherencia al tratamiento “es una labor de Enfermería”, consideraba por entonces. “La farmacia tiene su función, que es la venta de medicamentos. Es un sector sometido a regulación de la administración y a concesión administrativa. Esas otras funciones no corresponden a los farmacéuticos sino a otros profesionales que están dentro del sistema y que cobran por ellas”, completaba al ser cuestionada por los nuevos servicios profesionales farmacéuticos y la posible retribución de estas funciones.

La historia detrás de la denuncia a la botica de El Boalo

¿Por qué se denunció ante la Consejería de Sanidad de Madrid el servicio de Atención Farmacéutica Domiciliaria que prestaba la farmacia de El Boalo a mayores dependientes casi tres años después de su puesta en marcha en 2015? Según contesta a EG Sara Gasco, secretaria general del Colegio de Enfermería de Madrid, este periodo de tres años que dista entre la puesta en marcha del servicio, la tramitación de la denuncia y la consecuente resolución de la Consejería prohibiendo el servicio es fruto de que “la enfermera de El Boalo nos dice que se ha enterado del servicio por casualidad y que, en unos primeros momentos, al pedir explicaciones a la médica del centro de salud, ésta le excusa que la farmacéutica no visita los domicilios para hacer asistencia, y que en todo caso se enmarcan en un contexto de amistad con los pacientes”. Cabe recordar que en el pequeño municipio de El Boalo apenas ejercen tres profesionales sanitarios: el médico y la citada enfermera en el centro de salud, más la farmacéutica (la única de la localidad). ¿Cómo es posible, por tanto, que en tres años, de 2015 a 2018, este servicio pasase desapercibido para la enfermera de un municipio de apenas 7.000 habitantes y un único centro de salud? La secretaria general del colegio enfermero explica que “hubo un tiempo en el que la enfermera no ejerció en El Boalo por una baja”, sin especificar el tiempo concreto. Al margen de estas explicaciones, Gasco acusa abiertamente que “entre la médico del centro de salud y la farmacéutica se pasaban información sanitaria” de los pacientes mayores adheridos a este Programa de AF Domiciliaria, lo cual, a su juicio, se habría “vulnerado la protección de datos” y la imposibilidad que tienen los farmacéuticos de acceder a los historiales clínicos.