El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia ha celebrado la charla online ‘Obligaciones fiscales y modificaciones normativas en la oficina de farmacia’, con el objetivo de analizar las principales responsabilidades fiscales en relación al IRPF en las oficinas de farmacia.

Durante la charla virtual, Óscar García —técnico de Hacienda y jefe de sección de IRPF de la Administración de Catarroja—, informó sobre gran variedad de aspectos que afectan a las boticas en lo que respecta a tributación, así como de las principales novedades. Para ello, se hizo repaso, entre otros temas, de las obligaciones formales (llevar libros de registros, emitir facturas y conservar las recibidas, cumplimentar correctamente la declaración, etc.), así como de los diferentes libros obligatorios según las características de la actividad empresarial o profesional.

En lo que respecta a las novedades de los libros de registro de 2020, Óscar García ha destacado que la principal novedad que se introduce es la necesidad de que, en las anotaciones en los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos se haga constar el Número de identificación fiscal de la contraparte de la operación, así como la obligación de registrar en los mismos el IVA de cada una de las operaciones. En este sentido, también señaló que, para reducir las cargas indirectas al contribuyente, la Agencia Tributaria publicará en su página web un formato tipo de libros registros.

Asimismo, el técnico de Hacienda repasó todo lo referente a la imputación temporal (Regla general: devengo, Regla especial de cobros y pagos), a los rendimientos obtenidos en atribución de rentas (rendimiento neto, minoraciones aplicables, provisiones deducibles, reducción aplicable…), así como a los elementos afectos, a la transmisión de negocio y a los gastos deducibles (gastos de comidas, teléfonos móviles o fijos, seguros de enfermedad, etc.).