Ángela de Rueda Madrid | viernes, 17 de febrero de 2017 h |

Ante la primera cuestión que se plantea el farmacéutico sobre qué seguros son obligatorios. Hay que tener en cuenta que, más que a la farmacia los seguros van destinados a los farmacéuticos, como recuerda Luis García, responsable del departamento de Seguros del COFM SLU Servicios 31. Pero en términos generales como obligación para todos los farmacéuticos está el seguro de riesgo, en el caso de la oficina de farmacia está el seguro de convenio para empleados.

En general, para el farmacéutico está el seguro de responsabilidad civil profesional. En este caso, dependerá de qué actividad desarrolle cada uno y el seguro debería ir específicamente ligado a esta, ya sea en botica, hospital o en un laboratorio.

Lo más básico es el seguro establecido por convenio, que es el que marca las coberturas que se deben tener en cada caso. Luego el multiriesgo y el de responsabilidad civil, que dependen por ejemplo de las dimensiones de la farmacia. Así, García indica que “si una farmacia tiene óptica y ortopedia, no necesitará lo mismo que una que no los tenga”.

Según explica el asesor, en el tema de la responsabilidad civil sucederá lo mismo, hablar de coberturas mínimas es un poco sui generis, porque al final la actividad que desarrolla un farmacéutico en una oficina de farmacia es muy diferente a la que desarrolla en un laboratorio o en un hospital. Si tuviésemos que cuantificar esa cobertura mínima, la establece en 150.000 euros, aunque el consultor recomienda que lo más adecuado es que la cobertura supere los 600.000 euros.

Lo que más preocupa al farmacéutico también va a depender de un factor: si es o no propietario, en ese caso, cualquier daño que sea causa de que su negocio no pueda desarrollarse de manera habitual le va a causar un perjuicio económico. “Un daño por el agua que obligue a cerrar la farmacia un día, le va a causar que dejen de entrar ingresos”, apunta García. Así, en el caso del propietario interesará el seguro del local, ya sea por daños o por si afecta a terceros.

En el caso del farmacéutico asalariado y sin farmacia, que no tiene un compromiso hacia sus empleados, y si es un autónomo, se preocupará más por la responsabilidad civil, que es obligatorio para ejercer la actividad. Sea como sea, desde el COF de Madrid indican que “no se puede generalizar, porque la situación es muy dispar”, y por ello recomiendan dejarse aconsejar. Por ello ofrecen asesoramiento individual a los colegiados y también unas condiciones especiales.