Alberto Cornejo Madrid | martes, 29 de agosto de 2017 h |

La Xunta de Galicia prevé aumentar de los actuales 3 a 15 años el plazo mínimo para poder transmitir una oficina farmacia ‘inter vivos’ desde que ésta haya sido abierta al público. Esta es una de las principales novedades que recoge el anteproyecto de nuevo decreto sobre planificación, aperturas, traslados y transmisión de oficinas de farmacias que, tras ser trabajado con los colegios farmacéuticos, será ahora sometido a audiencia pública.

Este futuro decreto responde a la “necesidad” identificada por la Consejería de Sanidad gallega de sustituir el decreto actualmente vigente que regula estas cuestiones y que data de 2001. “La experiencia del concurso previo realizado a tenor de este decreto puso de manifiesto diversos problemas relacionadas con la adjudicación de farmacias, las delimitaciones territoriales exigidas y el propio baremo de méritos, que provocaron que su resolución definitiva se prolongase demasiado en el tiempo, la caducidad de algunas adjudicaciones de farmacias que no llegaron a abrir, así como el desajuste entre la experiencia necesaria para el desempeño profesional en la titularidad de una farmacia y el perfil de los adjudicatarios finales”, reza la exposición de motivos del anteproyecto.

Precisamente, respecto al baremo de méritos que regirá en adelante las adjudicaciones, el nuevo texto avisa que “dará prioridad a la experiencia profesional en oficina de farmacia como primer elemento valorable”. Cabe recordar que la Administración gallega se encuentra actualmente en fase de preparación de un nuevo concurso de oficinas de farmacia que ampliará la red regional con 41 nuevos establecimientos. Una convocatoria que se regiría por los nuevos condicionantes que plantee este decreto una vez sea tramitado.

De vuelta a los nuevos criterios que se establecerían para la transmisión de farmacias, el anteproyecto eleva a 15 años (doce más que en la actualidad) el tiempo mínimo que debe llevar abierta una botica para que el titular pueda transmitirla. Este criterio no afectaría a las situaciones de jubilación o incapacitación legal del titular. Asimismo, en caso de fallecimiento, la oficina de farmacia quedaría vacante y podría autorizarse en un futuro concurso.