Tal como se había pronunciado con anterioridad la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del XXV convenio colectivo de oficinas de farmacia elaborado para el trienio 2017-2019… Pero que nunca vio la luz.

Así las cosas, se oficializa la nulidad de un texto que ya la tenía de forma ‘oficiosa’ puesto que, pese a ser acordado por la mesa negociadora y redactado, nunca fue publicado en el Boletín Oficial del Estado por la Dirección General de Trabajo. De igual manera, se confirma la ultraactividad del XXIV convenio que viene rigiendo en la práctica en estos últimos años y las consecuentes actualizaciones anuales de las tablas salariales en función del IPC experimentado en dichos ejercicios. Unas condiciones que implican a más de 70.000 trabajadores de cerca de 17.500 farmacias nacionales (en torno al 75 por ciento de la red de establecimientos).

El fallo del Supremo desestima un recurso de casación de la patronal farmacéutica FEFE contra la primera sentencia de la AN y coincide en el argumento de la nulidad del texto en base a que la representatividad sindical de UGT no es suficiente para firmar un convenio colectivo estatal de eficacia general. Cabe recordar que UGT fue el único representante del bando sindical en la mesa y firma tras el abandono de las negociaciones de CCOO y resto de sindicatos. El bando patronal consideraba que, al tratarse de un abandono voluntario, el texto negociado debía considerarse válido o, cuando menos, de eficacia extraestatutaria.

Conocer las reglas de juego

La sentencia del Supremo —fallada el 4 de mayo y conocida este día 20— era importante para patronales, sindicatos, titulares y personal de farmacia no tanto por la posible retroactividad de las condiciones que reflejaba sino, de manera especial, para conocer desde donde debían partir las negociaciones de un nuevo convenio colectivo: si del XXIV convenio (y su ultraactividad) o del ‘no nato’ XXV.

Incluso, ya se llegó a constituir la mesa negociadora —sin incidentes en este caso— para un nuevo convenio colectivo, si bien todas las partes consideraron oportuno dejarla en stand by a la espera de conocer este fallo. Ahora se retomarán las negociaciones, si bien todavía sin fechas estimadas para retomar los encuentros.

En declaraciones a EG, María Victoria Gómez, responsable de Negociación Colectiva de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) valora positivamente este fallo “que pone fin a un retraso de cuatro años en el proceso de negociación de un nuevo texto” y recuerda que este XXV convenio “fue impugnado en origen ante la AN por la Autoridad Laboral: la Dirección General de Trabajo”. Gómez cree que ha llegado el momento de cerrar este capítulo y “reiniciar la mesa negociadora”.

Por parte de FEFE se ha venido defendiendo que, fuese cual fuese el pronunciamiento del Supremo, este fallo sería “provechoso” para conocer cuáles son las reglas de juego en las que basar la negociación del nuevo texto, dado que en esta instancia acaba su periplo judicial.