Alberto Cornejo Madrid | miércoles, 07 de noviembre de 2018 h |

“Las funciones que corresponde realizar a la profesión farmacéutica están claramente delimitadas en la Ley 16/1997, el RDL 1/2015 y la Ley 44/2003 (…) sin que la Administración del Estado tenga prevista ni la ampliación o modificación de dichas funciones (…) ni la creación tampoco de la figura (sic) de la asistencia farmacéutica a domicilio”. Palabra de ministra.

Con esta respuesta ofrecida vía carta a la Mesa de la Profesión Enfermera —que previamente le había planteado, también mediante misiva, la “preocupación” de este colectivo por la farmacia asistencial— María Luisa Carcedo cierra las puertas a un posible impulso de la Atención Farmacéutica Domiciliaria por parte del Ministerio a nivel nacional. Ahora bien, cabe recordar que las Comunidades Autónomas tienen competencia para desarrollar legalmente esta práctica, como así es una realidad ya en País Vasco y Comunidad Valenciana. O, en un escalón inferior, como está intentando desarrollar actualmente el Gobierno de Comunidad de Madrid en su anteproyecto de Ley de Farmacia.

Si el análisis cubre el espectro internacional, un total de once paises tienen desarrolladas estrategias nacionales de AF Domiciliaria, como así lo refleja un estudio recientemente publicado en ‘Integrated Pharmacy Research and Practice’ (Dove Press). A saber: Reino Unido, Estados Unidos, Australia, Canadá, Nueva Zelanda, Brasil, Japón, Jordania, Holanda, Singapur yTailandia.

“Sin formación”

Según prosigue la titular de la cartera de Sanidad en esta misiva, “las funciones que la citada legislación atribuye a los farmacéuticos, incluidas las relativas a la vigilancia de la salud pública, en ningún caso pueden realizarse en detrimento de las de diagnóstico, tratamiento y cuidado, que la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias atribuye a los profesionales de Medicina y Enfermería”. Una funciones —diagnóstico, tratamiento y cuidado— para las que los profesionales farmacéuticos “no han recibido formación en sus estudios de Grado”, apunta textualmente la ministra.

No todo son decepciones para la Farmacia en este escrito. Al menos, Carcedo enmarca todo lo anterior “sin perjuicio de la participación de los farmacéuticos en equipos multiprofesionales que incluyan la asistencia farmacéutica como un aspecto importante de la atención integral a pacientes, la recomendable colaboración puntual entre las oficinas de farmacia y el SNS y de las competencias que corresponden a las CC.AA”. Unas competencias entre las que, como se recordaba anteriormente, entraría la AF Domiciliaria.

¿Una ministra no muy pro-farmacia ?

El parecer que muestra ahora Carcedo como ministra respecto a la asunción de nuevas actuaciones asistenciales por parte de las oficinas de farmacia no dista mucho del que ya manifestaba en su anterior condición de secretaria de Sanidad del PSOE. Y es que no se puede decir que la ahora ministra —y médico de profesión— sea muy pro-farmacia asistencial.

En una entrevista concedida a EG en julio de 2017, la por entonces secretaria de Sanidad socialista ya indicaba que funciones como la adherencia al tratamiento “es una labor de Enfermería”, consideraba por entonces. “La farmacia tiene su función, que es la venta de medicamentos. Es un sector sometido a regulación de la administración y a concesión administrativa. Esas otras funciones no corresponden a los farmacéuticos sino a otros profesionales que están dentro del sistema y que cobran por ellas”, completaba al ser cuestionada por los nuevos servicios profesionales farmacéuticos y la posible retribución de estas funciones.