Alberto Cornejo Valencia | viernes, 29 de marzo de 2019 h |

Tras un comienzo de 2019 en el que (parecía) las aguas bajaban tranquilas —la no culminación de la Ley de Farmacia de Madrid y la retirada previa de la Atención Farmacéutica Domiciliaria de su contenido habían ayudado a ello—, el ataque de Enfermería a la farmacia asistencial vuelve por sus fueros. En este caso, el mismo ha cogido la A-3 para trasladarse a Valencia.

La Organización Colegial de Enfermería ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 188/2018, de 19 de octubre, del Consell de Comunidad Valenciana, por el que se regula la concertación de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales y la acreditación de las oficinas de farmacia en la Comunidad Valenciana, solicitando que el mismo se declare no ajustado a Derecho con la consiguiente constatación de su nulidad de pleno derecho o, en su caso, anulabilidad.

El citado recurso del Consejo General de Enfermería —en sintonía con el consejo regional Cecova— se fundamente en diferentes aspectos que justifican la petición indicada. Por una parte, por insuficiencia de la memoria económica del proyecto normativo, a pesar de que en la Comunidad Valenciana la normativa lo exige, indican.

En segundo lugar, la petición de nulidad del Decreto impugnado se basa en la supuesta “insuficiencia de rango normativo para atribuir a los farmacéuticos el desempeño de nuevas funciones asistenciales al margen de las reconocidas en la legislación estatal”. “Ante ello, hay que tener en cuenta que existe una regulación de ámbito nacional de la denominada prestación farmacéutica que no puede ser contravenida por la autonómica, por lo que el decreto impugnado no puede ampliar sin más esas funciones”, justifican.

El tercer aspecto por el que Enfermería pide la nulidad del decreto impugnado tiene que ver con la creación de servicios asistenciales “y atribuir a los farmacéuticos el desempeño de funciones de esa índole que contravienen lo establecido en la Ley de Cohesión y Calidad (LCC) y que invaden el campo competencial de médicos y enfermeras establecido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)”, apuntan los recurrentes.

De igual manera a los mensajes que se transmitieron respecto a la polémica en torno a la Ley de Farmacia de Madrid, la Organización Colegial Enfermera reitera que “la profesión farmacéutica no puede, habida cuenta de su regulación y atribuciones, intervenir ni desarrollar funciones asistenciales con los pacientes a través de unos servicios asistenciales de las oficinas de farmacia como el decreto impugnado pretende”. “No es posible que las oficinas de farmacia puedan llevar a cabo estas actividades asistenciales que corresponden a los profesionales sanitarios enfermeras y médicos dentro de la atención primaria y especializada”, concluyen.

Un “sinsentido” para los COF

Tras conocer la presentación de este recurso, el Consejo Valenciano de Colegios Oficiales de Farmacéuticos ha decidido personarse en la causa. En declaraciones a EG, su presidente, y del COF de Valencia, Jaime Giner, asegura “no entender” la actitud de Enfermería y califica el recurso como “un sinsentido”. “Por mucho que digan, el decreto dice que se desarrollarán únicamente servicios que sean competencias del farmacéutico, amén de que en este decreto no se menciona ningún servicio concreto”, apunta.

A juicio del presidente valenciano, la actuación de Enfermería solo puede entenderse “en un intento de generar controversia en un momento político con elecciones a la vista”, considera. “Yo, como presidente del COF de Valencia, no voy a entrar en ese juego. El paciente no es de nadie y los farmacéuticos valencianos estamos a disposición de ellos”, apunta.

Por último, frente a estos intentos de generar conflictos competenciales, Giner recuerda que en Comunidad Valenciana existe ya un claro ejemplo de positiva colaboración como es el proyecto Domi-EQIfar de atención domiciliaria a pacientes con cuidadores no profesionales en el que participan todos los profesionales sanitarios.