El Global Madrid | martes, 06 de agosto de 2019 h |

Este martes, el Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicaba un decreto por el cual se regula la atención farmacéutica en las residencias de la región y en el que se establece el nuevo modelo de gestión. Este reglamento afectará a un total de 147 centros que aglutinan 13.647 plazas; se estima que la medida podría generar un ahorro que oscile entre los 5 y los 11 millones de euros.

La normativa habrá de aplicarse tanto a los centros públicos como a los privados, de tal forma que todas aquellas residencias con más de 100 camas deberán disponer de servicio de farmacia propio, que tendrá que liderar un farmacéutico especialista; en lugar de incorporar a este profesional, los centros podrán disponer de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia de un hospital público, de modo que la prestación farmacéutica se realizará por el servicio de farmacia del hospital público de referencia.

Por su parte, las residencias de menos de cien camas, deberán estar vinculadas a un depósito de medicamentos asociado a una oficina de farmacia. Esta oficina será seleccionada a través de concurso convocado por la dirección general de Asistencia Sanitaria y en el que se seleccionarán de entre la más próximas aquellas que demuestren una mayor experiencia en atención farmacéutica y que por tanto puedan garantizar la realización de distintas actuaciones farmacoterapéuticas para prestar una óptima atención a los residentes.

Desde el Gobierno de Aragón señalan que en los últimos años se ha producido un aumento de personas que residen en estos centros y precisan de atención farmacéutica, como consecuencia del envejecimiento de la población y de la cronificación de determinadas patologías. Por ello, creen necesario realizar esta intervención para evitar “ efectos adversos o interacciones en pacientes que están generalmente polimedicados y dónde el estrecho seguimiento farmacoterapéutico es fundamental”.

En el caso de Zaragoza, que es la provincia de la región que más residencias acumula, se creará para su cobertura un Servicio de Farmacia de Centros de Asistencia Social, mientras que en Teruel y Huesca el suministro podrá realizarse desde los hospitales provinciales.

El decreto fija un plazo de adaptación de tres meses desde su publicación en el BOA para solicitar el depósito o el servicio propio de farmacia, en el caso de las residencias de más de cien plazas. En el caso de aquellas con menos de cien plazas se fija un plazo de 6 meses para convocar el concurso por el cual se elegirá la farmacia de referencia.